¿Vives en una antigua vivienda del Estado? Cofopri permitirá obtener el título pagando una cuota inicial del 20%
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Miles de familias peruanas que llevan años viviendo en inmuebles de antiguos programas estatales podrán acceder a un procedimiento para regularizar su propiedad. El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley N.º 27313, que permite al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) adjudicar, readjudicar y titular determinadas viviendas que todavía presentan problemas de formalización.
La medida podría beneficiar a más de 28.600 familias, según estimaciones de Cofopri, y está dirigida a quienes ocupan casas, departamentos o lotes pertenecientes a programas habitacionales desarrollados por entidades públicas, como la desaparecida Empresa Nacional de Edificaciones (ENACE).
Es importante precisar que esta disposición no corresponde a los programas actuales Techo Propio o Mivivienda, sino a inmuebles de antiguos proyectos estatales que todavía no cuentan con una transferencia de propiedad regularizada.
¿Quiénes podrán obtener un título de propiedad con la nueva norma de Cofopri?
El reglamento establece diferentes procedimientos según la situación legal de cada inmueble.
Uno de ellos está dirigido a las personas que habitan una vivienda estatal que nunca fue adjudicada formalmente a un beneficiario.
En estos casos, los ocupantes deberán demostrar que mantienen una posesión continua, pacífica y pública durante más de un año.
Para acreditar esta condición, podrán presentar documentos como:
- Recibos de servicios básicos, como agua o electricidad.
- Comprobantes de pago del impuesto predial.
- Certificados domiciliarios.
- Contratos de préstamos destinados a mejorar el inmueble.
- Documentación que demuestre una transferencia de posesión.
Cofopri verificará los antecedentes del programa habitacional, realizará el empadronamiento correspondiente y evaluará los documentos entregados.
Posteriormente, publicará la relación de ocupantes que cumplen los requisitos y la valorización asignada a cada propiedad.
¿Cuánto costará obtener el título de propiedad y cómo se podrá pagar?
A diferencia de otros procesos de formalización, este mecanismo no contempla la entrega gratuita de las viviendas.
Los beneficiarios deberán asumir el precio establecido para cada inmueble, aunque podrán elegir entre el pago al contado o un financiamiento.
Si optan por pagar a crédito, tendrán que entregar una cuota inicial equivalente al 20% del valor de la propiedad y podrán cancelar el saldo en un plazo máximo de 60 meses, con los intereses legales correspondientes.
Por ejemplo, si Cofopri determina que una vivienda tiene un valor de S/50.000, el cálculo sería el siguiente:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Valor de la vivienda | S/50.000 |
| Cuota inicial del 20% | S/10.000 |
| Saldo por financiar | S/40.000 |
| Plazo máximo | 60 meses |
El monto de las cuotas dependerá de las condiciones del financiamiento y de los intereses aplicables.
La regulación también establece que, cuando el ocupante no seleccione una modalidad de pago, Cofopri podrá emitir el título de propiedad e inscribir una hipoteca legal por la deuda total.
Esta garantía permanecerá registrada hasta que el beneficiario termine de cancelar el monto correspondiente.
¿Qué pasa si la vivienda ya fue adjudicada anteriormente a otra persona?
La nueva regulación también contempla un procedimiento denominado readjudicación, destinado a inmuebles que fueron entregados a un beneficiario anterior, pero cuya adjudicación quedó sujeta a reversión por incumplimientos contractuales.
Para acceder a este mecanismo, el actual ocupante deberá acreditar que posee la vivienda de manera continua, pacífica y pública durante al menos cinco años.
Además, deberá cumplir otras condiciones:
- El inmueble no debe encontrarse involucrado en un proceso judicial o arbitral.
- El adjudicatario original no debe ocupar actualmente la propiedad.
- El procedimiento deberá permitir que el antiguo titular o sus herederos presenten una oposición.
Si no existen objeciones o estas son desestimadas conforme al procedimiento, Cofopri podrá continuar con la reversión de la adjudicación anterior y evaluar la entrega de un nuevo título.
¿Qué ocurrirá con las viviendas que tienen problemas en Registros Públicos?
El reglamento también busca resolver situaciones en las que los inmuebles presentan dificultades registrales, como propiedades inscritas a nombre de terceros o terrenos que no fueron transferidos correctamente.

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En estos casos, Cofopri podrá recurrir a mecanismos legales como la prescripción adquisitiva de dominio y la regularización del tracto sucesivo, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
Asimismo, cuando antiguos programas habitacionales se encuentren sobre terrenos privados, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) podrá intervenir para identificar predios estatales que permitan negociar una permuta con los propietarios registrales.
Con estas disposiciones, el Gobierno busca facilitar la regularización de viviendas que permanecen durante años sin un título debidamente inscrito.
La aprobación del reglamento no significa que los títulos se entregarán automáticamente: cada familia deberá pasar por la evaluación de Cofopri y cumplir las condiciones establecidas según su situación.




