¿Planeas retirar tu AFP? La razón por la que podrían DESCONTARTE una gran parte y NADIE TE ADVIRTIÓ

Si bien el retiro AFP 2025 ya obtuvo luz verde, no todos podrán acceder al total del monto que soliciten. Hay un motivo legal que permitiría retener una parte del dinero antes de que sea depositado en tu cuenta.

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    La razón por la que podrían DESCONTARTE una gran parte de tu AFP

    El Congreso aprobó el octavo retiro de fondos AFP de hasta 4 UIT (S/21,400). Según la norma, los desembolsos de estos ahorros son "intangibles", lo que significa que no pueden ser embargados ni destinados a otros fines; no obstante, existe una excepción. Conoce aquí la razón legal por la que una parte de tu dinero podría ser retenida.

    Congreso avala el octavo retiro de AFP

    Con mayoría de votos, el Pleno respaldó el retiro "extraordinario y facultativo" de los fondos de AFP. Esto implica que, pese a acogerse a esta medida, los afiliados podrán mantener la opción de acceder a una pensión mínima en el futuro.

    Ahora se espera que el Ejecutivo promulgue la ley. Una vez publicada en El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispondrá de un plazo de 30 días calendario para definir el procedimiento operativo.

    Los desembolsos se entregarán en cuatro armadas: una UIT mensual hasta alcanzar las 4 UIT autorizadas, a partir de la presentación de la solicitud por el afiliado. Asimismo, el 17 de septiembre, el Parlamento restableció el retiro del 95.5 % de los fondos al jubilarse a los 65 años, además de eliminar la obligatoriedad del aporte para los trabajadores independientes.

    ¿Por qué podrían retener parte de tu AFP?

    El artículo 3, numeral 1 de la ley, establece que el dinero retirado mantiene la condición de "intangible", por lo que no podrá ser objeto de “descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”.

    Sin embargo, en el numeral 2 se aclara que esta disposición no aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, permitiendo que hasta un 30% del monto retirado pueda destinarse a los hijos cuyos gastos no estén siendo cubiertos por el progenitor, siempre que el Poder Judicial lo ordene.

    En otras palabras, si el afiliado que solicita este retiro extraordinario tiene una demanda de alimentos, se le podría descontar hasta un 30% del monto, mientras que el 70% restante sería depositado en su cuenta bancaria.

    En conclusión, aunque el nuevo retiro AFP abre la posibilidad de disponer nuevamente de los fondos, no todos recibirán el total solicitado. Si existe una orden judicial por pensión de alimentos, se podrá retener hasta un 30% del dinero retirado.

    SOBRE EL AUTOR:
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    Periodista especializado en actualidad, tendencias y entretenimiento. Editor web de Wapa.pe. Licenciado en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Interesado en temas relacionados con farándula, celebridades, tendencias, coyuntura nacional, etc.

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