Bajada de Reyes en Perú: ¿El martes 6 de enero será feriado o día no laborable? Esto informa El Peruano
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Cada 6 de enero, la Bajada de Reyes marca el cierre de las celebraciones navideñas y reúne tradiciones religiosas profundamente arraigadas en el Perú. Aunque no alcanza la magnitud de otras festividades del calendario, su valor simbólico sigue vigente.
Ante esta fecha, surge la duda entre trabajadores y familias sobre si el Día de los Reyes Magos es considerado feriado o día no laborable según la normativa peruana.
¿El 6 de enero es feriado o día no laborable?
Según la legislación vigente, el único feriado reconocido oficialmente en enero es el 1 de enero, correspondiente a la celebración de Año Nuevo. Esta medida está contemplada en el Decreto Legislativo N.º 713, que regula los descansos obligatorios a nivel nacional.
Hasta el momento, no se ha publicado en el diario oficial El Peruano ninguna norma que declare el 6 de enero de 2026 como feriado. Por ello, esa fecha se mantiene como día laborable para los trabajadores del sector público y privado.

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Tradición religiosa que cierra la Navidad y refuerza la fe cultural
La Bajada de Reyes es una celebración de profundo valor cultural y religioso que conmemora la adoración del Niño Jesús por los Reyes Magos. Esta fecha simboliza la manifestación de Cristo al mundo y marca el cierre del tiempo navideño en muchas comunidades.
En el Perú, la festividad se vive con expresiones de fe, misas especiales y tradiciones populares que varían según la región. Además de su significado espiritual, la Bajada de Reyes refuerza la identidad cultural y promueve la transmisión de costumbres religiosas de generación en generación.
Feriados y días no laborables: así se definen en el Perú
En el Perú, los feriados nacionales se establecen mediante leyes o decretos legislativos aprobados por el Congreso o el Poder Ejecutivo y se aplican a todos los trabajadores del sector público y privado. Estos días otorgan descanso obligatorio y, en caso de laborar, generan una remuneración adicional según la ley.
En cambio, los días no laborables son dispuestos por decretos supremos y suelen aplicarse solo al sector público, con la obligación de compensar las horas no trabajadas. En el sector privado, su aplicación queda a criterio del empleador.








