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Panamericanos Lima 2019: Gobierno decretó el 26 y 27 de julio como no laborables

La disposición se ha emitido para el sector público y privado en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Panamericanos Lima 2019: Gobierno decretó el 26 y 27 de julio como no laborables
    La disposición se ha emitido para el sector público y privado en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.

    El viernes 26 a partir del mediodía hasta el sábado 27 a han sido declarados como días no laborables para los trabajadores del sector público y privado de Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao.

    Esta disposición fue declarada por el Gobierno a través de un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano.

    Decreto supremo

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    De acuerdo con el Decreto Supremo N° 124-2019-PCM el fin de la disposición tiene el fin de facilitar el desplazamiento de los participantes en los Juegos Panamericanos, según la norma publicada en el diario oficial El Peruano.

    Recuperación de las horas

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    La norma también incluye la disposición de una compensación de la jornada y día no laborados que deberán ser compensador los 15 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que el titular de la entidad pública que corresponda de acuerdo a sus necesidades.

    En cuanto a aquellos servicios privados y las empresas del Estado (con régimen privado), las horas de compensación son determinadas previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores o en caso de no haber acuerdo decide el empleador.

    La recuperación de las horas y el día no laborado está sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal del trabajador.

    Además, no es correcto en ni ningún caso que el tiempo de recuperación de horas sea mayor al tiempo dejado de trabajar.

    Excluidos de la jornada y días no laborables

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    Aquellas actividades indispensables en todo tipo de entidad del sector público o empresa de los sectores público y privado, cuya paralización pueda poner en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la entidad o empresa.

    Así como las empresas que prestan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia y traslado de valores, y expendio de víveres y alimentos.

    La norma está refrendada por el presidente de la República Martín Vizcarra Cornejo, el Presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar Labarthe, la Ministra del Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia E. Cáceres Pizarro y la Ministra de Transportes y Comunicaciones María, Esperanza Jara Risco.

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