Tres días no laborables por Elecciones 2026: quiénes acceden al beneficio y bajo qué condición
Únete al canal de Whatsapp de Wapa
A pocos días de las Elecciones Generales 2026, el Gobierno peruano ha activado un conjunto de medidas laborales especiales para facilitar la participación ciudadana. Aunque aún se espera la oficialización de los días no laborables del año, una norma específica ya establece beneficios puntuales para quienes deben desplazarse a votar.
Se trata del Decreto Supremo Nº 003-2026-TR, emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que fija disposiciones excepcionales vinculadas al proceso electoral del 12 de abril.

LEE MÁS: Elecciones 2026: estas son las conductas PROHIBIDAS al momento de votar en la cámara secreta
Días no laborables por elecciones: quiénes acceden
La norma introduce un beneficio dirigido a trabajadores —tanto del sector público como privado— que se encuentren lejos de su local de votación. En ese contexto, el decreto precisa:
“Los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, que participen en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, están facultados a no laborar los días sábado 11, domingo 12 y lunes 13 de abril de 2026, lo cual está sujeto a compensación”.
Este descanso aplica únicamente si el ciudadano demuestra que acudió a votar, y no se trata de feriados obligatorios, sino de jornadas que deberán compensarse posteriormente.
El beneficio cubre exactamente estas fechas:
- Sábado 11 de abril
- Domingo 12 de abril, mismo día de las elecciones
- Lunes 13 de abril
El artículo 5 del decreto establece que esta disposición alcanza a quienes “presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación”, reafirmando que el objetivo es facilitar el traslado y participación electoral.
Cómo se aplicará en el sector público y privado
En el caso de trabajadores del sector privado, la norma deja en claro cómo se manejará la recuperación del tiempo no trabajado:
“En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establece la forma para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados. A falta de acuerdo, decide el empleador”.
Esto no significa que el empleador pueda negar el descanso, sino que tiene la facultad de definir cómo se compensarán las horas si no hay consenso previo.
Para el sector público, el decreto también contempla lineamientos específicos. Según el documento, “las entidades adoptan las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo, además, la forma para la recuperación de los días dejados de laborar, en función de las necesidades de la entidad”.

PUEDES VER: URGENTE | Temblor en Perú HOY, 12 de abril de 2026: IGP confirma en dónde fue el epicentro
Otras facilidades para garantizar el voto
Además de los días no laborables, el Ejecutivo ha previsto medidas adicionales para quienes trabajen el mismo día de las elecciones.
Entre ellas, se han aprobado “medidas para los trabajadores de los sectores público y privado cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones Generales”.
Estas disposiciones incluyen:
- Tienen derecho a periodos de tolerancia sujetos a compensación, al inicio o durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto
- En caso actúen como miembros de Mesa de Sufragio, están facultados a no laborar por el día de las Elecciones Generales, lo cual está sujeto a compensación, sin perjuicio de lo regulado para miembros de Mesa de Sufragio
Estas medidas buscan evitar que las obligaciones laborales se conviertan en un impedimento para ejercer el derecho al sufragio, especialmente en un proceso clave para el país.







