Si tienes seguro de EsSalud: conoce desde cuándo podrías AFILIAR a tus PADRES de 60 años
Únete al canal de Whatsapp de WapaUn cambio esperanzador podría llegar pronto para muchas familias peruanas. La congresista Katy Ugarte Mamani ha presentado el proyecto de ley 11697/2024-CR, una propuesta que busca modernizar la Seguridad Social en Salud y permitir que los padres adultos mayores puedan ser afiliados al seguro de EsSalud como derechohabientes, siempre que dependan económicamente de sus hijos asegurados.
Esta iniciativa representa un paso hacia una seguridad social más inclusiva y solidaria, fortaleciendo el rol de la familia dentro del sistema de salud peruano.

LEE TAMBIÉN: ¿Tus papás tienen 60 años? EsSalud daría seguro para padres de afiliados: estos serían los requisitos
¿Quiénes podrían ser considerados como nuevos derechohabientes en EsSalud?
De aprobarse el proyecto, los padres mayores de 60 años podrán ser afiliados al seguro de EsSalud por sus hijos. Además, también se incluiría a los padres menores de 60 años, siempre que presenten una incapacidad física o mental para trabajar y dependan económicamente del asegurado.
Como lo establece el proyecto:
"ASIMISMO, FACULTATIVAMENTE SON DERECHOHABIENTES EL PADRE Y/O LA MADRE MAYOR DE SESENTA (60) AÑOS, O QUE SIN ALCANZAR DICHA EDAD SE ENCUENTRE EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD FÍSICA O MENTAL PARA EL TRABAJO, SIEMPRE QUE DEPENDA ECONÓMICAMENTE DEL ASEGURADO TITULAR."
¿Cómo se define la dependencia económica de los padres?
El proyecto de ley también detalla claramente qué se entiende por dependencia económica, un requisito clave para que los padres puedan ser incluidos como derechohabientes en EsSalud.
"SE ENTENDERÁ QUE EL PADRE O LA MADRE DEPENDE ECONÓMICAMENTE DEL ASEGURADO TITULAR SI CARECE DE RECURSOS O INGRESOS PROPIOS SUFICIENTES PARA SU MANUTENCIÓN, NO ES TITULAR DE UNA PENSIÓN O, SIÉNDOLO, ESTA RESULTA INSUFICIENTE PARA CUBRIR SUS NECESIDADES BÁSICAS, Y NO CUENTA CON OTRO FAMILIAR CON OBLIGACIÓN Y CAPACIDAD DE PRESTAR ALIMENTOS."
Esta definición busca asegurar que el beneficio llegue a adultos mayores en situación vulnerable, garantizando su atención médica a través de EsSalud.
¿Cómo se comprobaría la dependencia económica?
Para evitar procesos complicados, el proyecto contempla una vía rápida y clara: la dependencia económica podrá acreditarse mediante una declaración jurada del asegurado, acompañada de otros medios probatorios que serán establecidos en el reglamento.
"LA CONDICIÓN DE DEPENDENCIA ECONÓMICA SE ACREDITARÁ MEDIANTE DECLARACIÓN JURADA DEL ASEGURADO TITULAR Y LOS DEMÁS MEDIOS PROBATORIOS QUE ESTABLEZCA EL REGLAMENTO, SUJETO A FISCALIZACIÓN POSTERIOR POR PARTE DE ESSALUD."
Con este enfoque, se busca facilitar el trámite sin restar rigurosidad, brindando acceso ágil a quienes realmente lo necesitan.
¿Qué beneficios traerá esta medida para las familias peruanas?
Este cambio sería una gran noticia para miles de peruanos, ya que permitiría que los hijos que cuidan de sus padres puedan ofrecerles una mejor cobertura de salud. El proyecto también busca reducir la carga del SIS, descongestionando los centros de salud públicos y mejorando la atención de los adultos mayores.
La congresista Ugarte resalta la motivación humana detrás de esta propuesta:
“La necesidad de dar solución a dicha problemática, responde a la conciencia de un hijo con respecto al cuidado de su padre, en reciprocidad del cuidado y protección que también le fue brindado cuando el hijo era dependiente del padre”, precisa el proyecto.
Este enfoque resalta los valores de solidaridad, respeto y reciprocidad, fundamentales para construir un sistema de salud más humano.
¿Qué sigue ahora para que esta ley sea aprobada?
El proyecto de ley deberá ser evaluado por el Congreso de la República. De obtener luz verde, marcaría un hito histórico en la reforma del sistema de salud, permitiendo una visión más justa, equitativa e inclusiva para miles de familias peruanas.
¿Desde cuándo podrías afiliar a tus padres al seguro de EsSalud?
Si bien el proyecto de ley aún no ha sido aprobado, ya se encuentra en trámite dentro del Congreso de la República. Una vez que reciba el visto bueno en las comisiones correspondientes y sea aprobado en el Pleno, se deberá publicar en el diario oficial El Peruano para su entrada en vigencia.