Llegó junio con la MEJOR NOTICIA para los TRABAJADORES CAS: Gratificación, CTS y más derechos laborales

La Comisión de Presupuesto del Congreso dio luz verde al dictamen que permite otorgar gratificaciones y otros beneficios a los empleados contratados bajo el régimen CAS.

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    Llegó junio con la MEJOR NOTICIA para los TRABAJADORES CAS

    La Comisión de Presupuesto del Congreso dio su aprobación a un dictamen que plantea reconocer nuevos derechos laborales a quienes se encuentran contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). La medida contempla que estos trabajadores reciban gratificación por Fiestas Patrias y Navidad, al igual que los demás regímenes laborales del sector público.

    Este avance legislativo representa un paso importante hacia la equiparación de condiciones laborales para el personal CAS, que ha manifestado durante años su demanda por igualdad frente a otras formas de contratación en el Estado.

    La propuesta contempla mejoras adicionales a CAS

    Junto con las gratificaciones, el dictamen incluye otros beneficios previstos en la Ley Servir. Entre ellos se encuentran la asignación familiar, bonos por productividad, subsidios por fallecimiento o sepelio y garantías de que la duración de los contratos no afecte los derechos laborales.

    El objetivo de esta iniciativa es brindar mayor reconocimiento y estabilidad a los servidores públicos contratados bajo este régimen, cuya labor ha sido clave en distintos niveles del aparato estatal.

    Tipos de contratación bajo el régimen CAS

    El contrato administrativo de servicios puede establecerse bajo tres modalidades distintas según su duración: a plazo indeterminado, a plazo determinado y condicionado a la confianza.

    Contrato a plazo indeterminado

    Este tipo de vínculo laboral se establece “previo concurso público de mérito” y tiene carácter indefinido. Se aplica a trabajadores que desempeñan funciones permanentes dentro de la entidad contratante.

    Contrato a plazo determinado

    Se utiliza para cubrir “suplencia, actividades permanentes de necesidad transitoria, actividades temporales de necesidad transitoria, actividades de emergencia de necesidad transitoria y para actividades en programas y proyectos especiales de necesidad transitoria”. Esta modalidad tiene una duración máxima correspondiente al año fiscal en curso, aunque “puede prorrogarse o renovarse anualmente siempre que persista el motivo de su contratación y se cuente con la disponibilidad presupuestaria”. Además, “el plazo máximo de las prórrogas o renovaciones es de cinco años”.

    Contrato supeditado a la confianza

    Este contrato se dirige a personal que cumple funciones en el entorno inmediato de altos funcionarios o directivos, y su permanencia depende de la continuidad del funcionario que lo designa. No requiere un concurso público de méritos, ya que se celebra “sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa, pero sujeto a la acreditación de los requisitos mínimos del puesto”.

    A la espera del Consejo Directivo

    La decisión sobre si este dictamen será discutido en el Pleno está ahora en manos del Consejo Directivo del Congreso. En caso de que se apruebe su inclusión en la agenda, podría someterse a votación en las siguientes sesiones, lo que definiría si las medidas propuestas entran en vigor antes de las próximas festividades.

    Aunque diversos sectores laborales han recibido la iniciativa con optimismo, también se prevé que el Ejecutivo plantee observaciones, particularmente en relación con su impacto presupuestal.

    SOBRE EL AUTOR:
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    Periodista especializado en actualidad, tendencias y entretenimiento. Editor web de Wapa.pe. Licenciado en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Interesado en temas relacionados con farándula, celebridades, tendencias, coyuntura nacional, etc.

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