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Suspensión perfecta: Rechazan solicitud a Cineplanet y deberá pagar a 2.170 trabajadores

La cadena de cines deberá pagar las remuneraciones de todos los trabajadores afectados con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Suspensión perfecta: Rechazan solicitud a Cineplanet y deberá pagar a 2.170 trabajadores
    La cadena de cines deberá pagar las remuneraciones de todos los trabajadores afectados con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido.

    El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) desaprobó la solicitud de Cineplanet para acogerse a la suspensión perfecta de labores, lo que implica que deberá pagar las remuneraciones de todos los trabajadores afectados con la medida.

    De acuerdo con la resolución del ministerio, se dispuso que la compañía “efectúe el pago de las remuneraciones por el tiempo por el tiempo de suspensión transcurrido”. Es decir, deberá pagar los sueldos no abonados de 2 mil 170 trabajadores.

    La cadena de cines tomó conocimiento de la denegatoria de su solicitud el 23 de junio. “Cineplex S.A. (razón social de la firma) ha sido notificada de la Resolución Directoral General N°0181- 2020-MTPE/2/14, por medio de la cual la Dirección General de Trabajo ha resuelto desaprobar la solicitud de suspensión perfecta de labores presentada”, refirió la compañía.

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    Entre los argumentos que refiere la Autoridad Administrativa de Trabajo, señala que “no se advierte el medio físico o virtual, por el cual la empresa haya informado a cada uno de sus trabajadores afectados con la medida de suspensión perfecta de labores, los motivos que la obligan a adoptar las medidas alternativas previstas en el numeral 4.1 del artículo 4° del Decreto Supremo N° 11-2020-TR. No se advierte la existencia de la constancia de remisión de dicha información a cada uno de los trabajadores.”.

    Asimismo, señala que no se evidenció que la empresa haya convocado a negociación a los trabajadores que fueron afectados para tratar cualquiera de las alternativas previas a la suspensión perfecta de labores.

    Finalmente, la resolución indica que la empresa, así como cada uno de los trabajadores comprendidos en la medida de suspensión perfecta de labores, cabe la interposición del recurso de reconsideración contra el mismo. Esta deberá ser presentado mediante la Plataforma Virtual Registro de Suspensión Perfecta de Labores dentro del plazo de 3 días hábiles, una vez se efectúe la notificación.

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