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Ejecutivo crea grupo multisectorial para atender suministro de oxígeno

Este grupo se encargará del proceso de atención de suministros de oxígeno durante estado de emergencia. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Ejecutivo crea grupo multisectorial para atender suministro de oxígeno
    Este grupo se encargará del proceso de atención de suministros de oxígeno durante estado de emergencia.

    El Poder Ejecutivo creó el grupo de trabajo multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Salud, que tiene por objeto dirigir, articular, coordinar, implementar, ejecutar, controlar y evaluar el proceso de atención de suministro de oxígeno.

    Ello a los establecimientos de salud públicos y centros de aislamiento para tratamiento de COVID-19 a nivel nacional.

    ¿Quiénes conforman el grupo multisectorial?

    El Grupo de Trabajo está conformado por: el viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, o quien lo preside; un representante de EsSalud, un representante de la Sanidad del Ejercito del Perú y un representante de la Sanidad de la Marina de Guerra del Perú.

    Además, un representante de la Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, un representante de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú y un representante del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos.

    Los miembros del Grupo de Trabajo son acreditados mediante oficio dirigido a la Secretaría Técnica. Los miembros del Grupo de Trabajo ejercen el cargo ad honorem.

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    Ámbito de Intervención

    El ámbito de intervención del Grupo de Trabajo, es a nivel nacional, en el marco de la rectoría del Ministerio de Salud.

    Asimismo, el Grupo de Trabajo tiene atribuciones para solicitar información a todas las instancias a nivel nacional para el cumplimiento de sus objetivos, pudiendo solicitar el apoyo técnico de diversas instancias.

    ¿Cuáles son las funciones de este grupo sectorial?

    El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: monitorear el abastecimiento de oxígeno para los establecimientos de salud públicos y centros de aislamiento para tratamiento de Covid-19 a nivel nacional.

    Además, recibir los reportes de los consumos de oxígeno de las Ipress. Analizar las necesidades de las Ipress en abastecimiento, equipamiento e infraestructura relacionada al abastecimiento del oxígeno.

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    Asimismo, monitorear el cumplimiento de registro obligatorio por parte de los responsables de las Ipress de la información relacionada en el Sistema creado para tal fin.

    También, implementar el sistema de monitoreo de la operación; y recibir y analizar los incidentes reportados y coordinar la atención de los mismos con el área responsable correspondiente.

    Instalación

    El Grupo de Trabajo se instala al día calendario siguiente de emitida la presente Resolución Ministerial. Asimismo, el Grupo de Trabajo presenta al Ministerio de Salud su plan sobre las líneas de acción para el aprovisionamiento de oxígeno, a los dos días calendario siguientes de realizada su instalación.

    El Grupo de Trabajo emite reportes de información de acuerdo al requerimiento que formule el Ministro de Salud.

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    Secretaría Técnica

    El Grupo de Trabajo cuenta con una Secretaría Técnica ejercida por el Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, que será responsable de llevar el registro de los acuerdos del Grupo de Trabajo y custodiar sus actas y toda documentación que se genere durante su vigencia.

    Además, el Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los órganos, unidades orgánicas, programas, órganos desconcentrados y organismos públicos del Ministerio de Salud, así como de entidades privadas y de la sociedad civil, que puedan contribuir al cumplimiento de sus funciones.

    Vigencia

    El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta treinta días calendario posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud debido a la existencia del Covid-19.

    Financiamiento

    La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

    Cada entidad asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.

    (Con información de Andina)

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    SOBRE EL AUTOR:
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