Gobierno de Keiko Fujimori observa ley que otorgaba descanso los sábados por motivos religiosos
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El Gobierno liderado por Keiko Fujimori ha observado la ley que proponía hacer del sábado un día de descanso opcional para trabajadores públicos y privados que, por sus creencias religiosas, consideran esta jornada sagrada. Esta decisión ha sido comunicada al Congreso, abriendo un debate sobre el equilibrio entre la libertad religiosa, la organización laboral y la productividad.
La norma no proponía un nuevo feriado nacional ni la reducción de horas laborales, sino que las horas no trabajadas en sábado se compensarían en los días siguientes según lo que decidiera el empleador. También buscaba prevenir discriminación laboral por razones religiosas.
La ley observada corresponde al Proyecto 4610/2022-CR, presentado por el ex congresista Juan Burgos Oliveros. El pleno del Congreso la aprobó en noviembre de 2025 con 68 votos favorables, mientras que la Comisión Permanente lo ratificó en julio de 2026 con 16 votos a favor.
Motivos del Ejecutivo para observar el proyecto
El Gobierno sostiene que el marco legal peruano ya concede a las personas el derecho de guardar sus días religiosos sagrados. La Ley de Libertad Religiosa N.º 29635 permite celebrar días festivos según la fe de cada uno, siempre que se equilibre con los derechos laborales y empresariales.
El reglamento de dicha ley también respalda el respeto a días sagrados dentro de las relaciones laborales. El Ministerio de Justicia resalta que estas normas protegen la libertad religiosa individual y colectivamente.
El debate se centra en la aplicación de esta protección cuando impacta en la jornada laboral. El Gobierno opina que declarar el sábado como no laborable podría contraponerse a leyes existentes que ya reconocen el derecho a descansos religiosos.
Contrariamente, el Congreso considera que las leyes actuales no resuelven ciertas situaciones laborales, ya que los empleadores podrían prevalecer sobre la necesidad de un trabajador de observar un día sagrado.
Consideraciones económicas: no implica un feriado pagado
A diferencia de los feriados nacionales, esta propuesta no agregaba un día de descanso pago. En caso de ser aprobada, las horas no trabajadas el sábado deberían recuperarse posteriormente.
Por tanto, no puede ser considerada un nuevo feriado nacional, ya que su discusión se centra en cómo reorganizar las jornadas y en la capacidad de las organizaciones para gestionar el tiempo laborable.
El Gobierno observa que incluso medidas compensables pueden perturbar la planificación laboral, ya que las empresas deben ajustar turnos y operaciones según sus necesidades productivas, requiriendo normas estables.
La productividad y costos de formalización en el país son puntos cruciales en esta discusión, especialmente al considerar la adaptabilidad en diversos sectores laborales.
Protección a quienes observan el sábado
El proyecto no buscaba que todos los empleados dejaran de trabajar los sábados, sino solo aquellos que pertenecen a confesiones religiosas que observan esa jornada, y tras notificar a su empleador con prueba pertinente.
El Congreso incluyó una prohibición explícita de discriminación laboral por motivos religiosos en aspectos como salario y jornada.
Esto es significativo ya que el debate no se limita a descansar sábados, sino también si la religión puede afectar la contratación o jornada laboral.
El Tribunal Constitucional ha afirmado que la libertad religiosa incluye guardar días sagrados, debiendo armonizarse con derechos laborales y empresariales.
La discusión se entrelaza con el debate sobre feriados
Esta observación se da mientras el Gobierno y empresarios discuten la cantidad de días no laborables nacionales.
Aunque la propuesta por el sábado no añadía un feriado nuevo, se inserta en un debate sobre tiempo de trabajo y su recuperación, y el impacto en la productividad.
La preocupación empresarial sobre productividad y costos debido a días de descanso está documentada. Perú ya enfrenta numerosos días de descanso remunerado.
El sábado religioso, al no implicar un día laborable remunerado adicional, no debería confundirse con un feriado oficial.
¿Qué sigue para esta propuesta?
La objeción del Ejecutivo no archiva el proyecto automáticamente. El Congreso debe analizar las observaciones y podría modificar el texto, aceptar los cambios o insistir en su versión original.
Sin una norma formalmente promulgada y publicada, las empresas no están obligadas a implementar el mecanismo propugnado por el Congreso. La Ley de Libertad Religiosa sigue vigente.
Este proceso tiene una dimensión política significativa. La amplia aprobación anterior en el Congreso y la llegada del texto al Ejecutivo coinciden con los inicios de la administración Fujimori.
El debate no se reduce a trabajar en sábado. El enfoque está en el alcance del deber empresarial de ajustar jornadas para respetar derechos fundamentales y la autonomía organizativa.
Desde una perspectiva económica, la cuestión crucial es determinar si la recuperación de horas por la protección religiosa implica costos laborales o simplemente reorganización de horarios.








