Ley 32563 ya ES OFICIAL: Trabajadores CAS accederán a GRATIFICACIÓN y CTS, ¿cuándo empieza el pago?
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El presidente de la República, José María Balcázar, promulgó de manera inmediata, tal como lo había adelantado, la norma que otorgará gratificación y CTS a los trabajadores CAS, denominada Ley que regula los derechos y obligaciones de los servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo 1057.
De acuerdo con lo establecido, estos beneficios se pagarían siguiendo el calendario vigente: la CTS se deposita en mayo y noviembre (y no puede retirarse libremente), mientras que la gratificación se abona en julio y diciembre.
No obstante, su aplicación no sería automática. Según explicó David Flores Ramos, secretario de Defensa de la Confederación de Trabajadores Estatales del Perú (CTE Perú), en declaraciones a Infobae Perú, la ejecución de la norma podría tardar debido a la necesidad de ajustes en el presupuesto. Aun así, indicó que su implementación sería progresiva y que algunas entidades, dependiendo de sus recursos —ya que varias no cuentan con el financiamiento suficiente—, podrían empezar a aplicarla desde julio.
Gratificación y CTS para los CAS
El Ejecutivo oficializó la ley que reconoce estos beneficios para los trabajadores CAS, la cual fue aprobada por el Congreso tras varios meses de debate.
Con esta norma, los servidores bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057 accederán a dos derechos principales:
- Recibirán gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, cada una equivalente a un sueldo mensual.
- Tendrán derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), calculada sobre el 100% de su remuneración por cada año laborado. Este monto se entrega al finalizar el vínculo laboral con la entidad.
¿Se aplicará en 2026?
Cabe recordar que la Sentencia 984-2021 del Tribunal Constitucional establece que una iniciativa legislativa puede servir de base para que el Ejecutivo incluya los recursos necesarios en presupuestos futuros, como ocurre con esta ley.
Esto implica que la norma podría aplicarse sin inconvenientes en el siguiente año fiscal. Sin embargo, según Flores Ramos, también existe la posibilidad de que algunas entidades la implementen este mismo año, dependiendo de su disponibilidad presupuestaria.
“El hecho de que la ley modifique artículos y no requiera reglamentación permite incorporar directamente estos derechos para los trabajadores CAS”, explicó el especialista. Aunque la norma no fija un plazo para su reglamentación, se ha mencionado que se tomarán medidas adicionales para su correcta aplicación.
A pesar de ello, la implementación inmediata enfrenta limitaciones. La ley exige modificaciones presupuestarias, pero la normativa vigente solo permite realizarlas hasta el 28 de febrero. Por ello, no sería viable, por ejemplo, que un trabajador que cese en marzo o abril reciba su CTS en mayo bajo este nuevo esquema.
En ese sentido, primero será necesario que las entidades soliciten al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) los ajustes correspondientes. Además, aún no existe un registro claro sobre cuántos trabajadores dejarán sus puestos cada año, lo que dificulta la planificación del pago de CTS.
Respecto a las gratificaciones, el especialista señaló que su cumplimiento podría ser más viable en algunos casos. “Existen trabajadores CAS que ganan el sueldo mínimo y otros que perciben hasta S/10 mil. Otorgar una gratificación de ese monto puede resultar complicado, por lo que probablemente se aplicará de forma gradual. Algunas entidades podrán cumplir y otras no”, precisó.








