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Empleadores serán multados si no respetan desconexión digital

La ampliación del teletrabajo trajo consigo nuevas medidas y parámetros. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Empleadores serán multados si no respetan desconexión digital
    La ampliación del teletrabajo trajo consigo nuevas medidas y parámetros.

    Tras anunciarse la ampliación del teletrabajo hasta mediados del 2021, se ajustaron nuevos parámetros para la realización de este, como el derecho a desconexión digital por parte del empleado.

    De no cumplirse con lo indicado en el Decreto de Urgencia (DU) 127-2020, los empleadores pueden ser multados, según indicó el viceministro de Trabajo, José Luis Parodi.

    “Para el incumplimiento de la norma existen las multas, una vez fiscalizadas (las infracciones), y dependen del número de trabajadores afectados y el tipo de empresa”, señaló en TV Perú.

    “La desconexión digital y el descanso es un derecho laboral para todos los trabajadores, pero que tiene una especial importancia en el marco del trabajo remoto por las características de no estar en la oficina”, añadió.

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    En la nueva norma se estipula que los trabajadores no pueden laborar más allá de su jornada ordinaria. Por lo tanto, es una obligación del empleador no exigir tareas en dicho momento, de lo contrario se deberá pagar las horas extras correspondientes. 

    El viceministro sostuvo que el DU aplica a todos los que realizan trabajo remoto, sea para quienes tengan una jornada especifica de 8 horas al día o 48 horas a la semana, o también el personal de confianza que realiza tareas de manera intermitente.

    “La regulación para el trabajo más allá de la jornada corresponde a trabajo en sobretiempo, y para ello existen mecanismos como ser compensado con un descanso o pagado de acuerdo a las tasas vigentes en la legislación”, afirmó.

    Por último, José Luis Parodi aclaró que los trabajadores no están obligados a contestar mensajes fuera de su jornada laboral. “El derecho que tiene el trabajador es el de no atender eso y hacerlo cuando empiece su jornada regular”, aseveró.

    Multa

    Respecto a la sanción que podría tener una empresa que no respeta este derecho, la Sunafil podría multar hasta por más de S/ 225.000 dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.

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