Adiós al aporte obligatorio: estos trabajadores ya no tendrán que pagar AFP u ONP
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El sistema previsional en Perú vuelve a cambiar tras una reciente actualización del reglamento de la Reforma del Sistema de Pensiones. La medida elimina la obligación de realizar aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones o a la Oficina de Normalización Previsional, una exigencia que había sido establecida en la reforma aprobada meses atrás. Con este ajuste, el aporte pasará a ser opcional dentro del esquema previsional. ¿Quiénes serán los trabajadores que tengan disponible esta opción?

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Trabajadores independientes ya no estarán obligados a aportar a AFP o ONP
El Ministerio de Economía y Finanzas del Perú (MEF) actualizó el reglamento de la Reforma del Sistema de Pensiones con el objetivo de dejar sin efecto el carácter obligatorio de los aportes previsionales para trabajadores independientes. Con este cambio, la contribución al sistema pasará a ser completamente voluntaria para este grupo de personas.
Cabe recordar que, en septiembre del año pasado, cuando el Gobierno del Perú publicó la reglamentación de la reforma previsional, se estableció que los independientes debían empezar a aportar a las Administradoras de Fondos de Pensiones o a la Oficina de Normalización Previsional desde el año 2028.
No obstante, esta disposición, junto con otras medidas incluidas en la reforma, generó manifestaciones de rechazo por parte de distintos sectores de la ciudadanía. Ante este escenario, el Congreso de la República del Perú decidió eliminar dicha obligación incorporando un artículo en la Ley 32445, normativa que permitió el octavo retiro de hasta 4 UIT de los fondos de las AFP.
Este retiro extraordinario ya se llevó a cabo entre octubre de 2025 y enero de 2026. En ese contexto, el decreto supremo publicado recientemente en el diario oficial El Peruano tiene como finalidad ajustar el reglamento vigente para aplicar formalmente la eliminación del aporte obligatorio para quienes trabajan de manera independiente.

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¿Qué grupos incluye?
Con la modificación normativa, las personas que desarrollan actividades económicas sin vínculo laboral con una empresa podrán decidir libremente si desean afiliarse y aportar al sistema previsional. Este grupo incluye, por ejemplo, a quienes emiten recibos por honorarios o a quienes administran negocios propios.
De esta manera, la obligación de contribuir al sistema de pensiones se mantiene únicamente para los trabajadores dependientes, es decir, aquellos que cuentan con un empleo formal en planilla y cuyos aportes previsionales se descuentan directamente de su remuneración mensual.








