¿Qué alternativas te deben de ofrecer los bancos para pagar tu deuda?
Únete al canal de Whatsapp de WapaLa Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció las modificaciones en el reglamento de gestión de conducta del mercado del sistema financiero, el cual se puso en vigencia desde el 30 de agosto.
Dentro de las modificaciones que realizó la SBS es: crear tarjetas sin cobro de membresía, establecer facilidades de pago para deudores y anular ciertas prácticas consideradas abusivas.
¿Qué alternativas te deben de ofrecer los bancos para pagar tu deuda?
Según las modificaciones que presentaron la SBS, las empresas financieras tienen que implementar políticas y procedimientos en el trato de sus clientes con dificultades para pagar deudas.
La superintendencia resaltó que estas políticas de procedimientos están dirigidas a los usuarios que tienen problemas temporales de pago, a raíz de la emergencia sanitaria.
Asimismo, los bancos deben considerar reducción de tasas, condonación de intereses, postergación de cuotas y mayores plazos para sus clientes.
"La mayoría de entidades financieras ya comenzaron a reprogramar. Hay más de 9 millones de créditos reprogramados por más de S/ 130 mil millones, la mitad de créditos del Perú han sido reprogramados", declaró a RPP Noticias el especialista en finanzas y docente de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta.
El especialista en finanzas también recalcó que estas facilidades que se dan están enfocadas en la postergación de cuotas y la extensión de los plazos de pago.
¿Qué condiciones mínimas deben ofrecer los bancos a sus clientes?
- Implementar una adecuada comunicación con sus clientes sobre los procedimientos y plazos para la presentación de su solicitud.
- Recibir y evaluar la solicitud de sus clientes, en un plazo máximo de siete días, sin aplicar intereses, moras u otros cargos adicionales durante el proceso de evaluación.
- Implementar alternativas de pago informando adecuadamente al cliente sobre sus características, beneficios y riesgos.
- Hacer monitoreo periódico del cliente para tomar acciones en caso presente nuevas dificultades.
Estas cuatro condiciones mínimas están detalladas en la Resolución SBS N° 1870-2020, publicada en el diario oficial ‘El Peruano’.
¿Qué prácticas abusivas estarán prohibidas en las entidades financieras?
La SBS estableció que las prácticas que estarán prohibidas en las entidades financieras, y que ahora son consideradas infracciones graves al reglamento son:
-No pueden cobrar más de un cargo por el incumplimiento de pago en cada ciclo de facturación en las tarjetas de crédito.
- No pueden cobrar la comisión de membresía anual, antes de que cumpla el año de vigencia del servicio.
- Las modificaciones en el monto de la comisión de membresía anual o de las condiciones de su exoneración.
- Tratamiento diferenciado, respecto del cobro de intereses, entre operaciones revolventes y operaciones a una sola cuota.
- Cobrar más de un cargo por incumplimiento de pago de la tarjeta.
- Tener intereses diferenciados en el sistema de cuotas y revolvente.
- Condicionar la contratación de un producto a otro segundo producto, es decir, obligar al usuario a adquirir un seguro para que así acceda a un préstamo.
- Poner limitaciones o restricciones para migrar a otra tarjeta de crédito.
¿Qué pasa si el banco tuvo una de estas prácticas abusivas conmigo?
El experto en finanzas recomendó que el cliente debe de presentar un reclamo escrito en el mismo banco.
Si en 30 días, la entidad financiera no da una respuesta o el cliente no está satisfecho con la resolución, entonces puede acudir a la SBS.