Caso Liceo Naval: ¿Qué pasará con los 10 escolares retenidos cuando venzan las 48 horas HOY?
Únete al canal de Whatsapp de Wapa
Un grupo de 10 estudiantes de quinto de secundaria del Liceo Naval Almirante Guise está retenido en una comisaría tras ser denunciados por una posible agresión sexual a un alumno de 16 años. El incidente tuvo lugar el 15 de septiembre durante un viaje en bus escolar y está siendo investigado por la Séptima Fiscalía de Familia de Lima Centro.
La situación de los menores está condicionada por las normas aplicables a la privación de libertad para adolescentes. Las autoridades tienen un máximo de 48 horas para realizar las diligencias necesarias según lo establece la legislación vigente.

PUEDES VER: ¡ALERTA! Minsa ordena RETIRAR dos marcas de AGUA de mesa contaminadas con bacterias: ¡NO LAS TOMES!
Retención de estudiantes en el Liceo Naval: el plazo de 48 horas no implica liberación
La Constitución Política del Perú señala que una persona detenida debe ser llevada al juzgado en un plazo de 48 horas. Para menores, el Código de los Niños y Adolescentes establece normas específicas, incluyendo que, en casos flagrantes, deben ser llevados a una sección especial con la intervención de fiscal y defensor.
Este periodo cubre la etapa de retención y las investigaciones urgentes. En este caso, la Fiscalía ordenó la declaración del joven afectado mediante cámara Gesell y recoger el testimonio de los diez menores. El abogado penalista Julio Rodríguez explicó en ATV que el Ministerio Público tiene la opción de pedir un internamiento preventivo si se cree que hay un riesgo procesal. Mencionó que es posible el envío a Maranguita mientras se desarrolla el proceso.
Rodríguez subrayó que el fiscal debe demostrar el riesgo de que los adolescentes intenten evadir la justicia o dificulten la investigación. El juez analizará los argumentos presentados por Fiscalía y defensa. Por lo tanto, el fin del plazo de retención no implica automáticamente la liberación de los estudiantes.
La Constitución Política del Perú señala que una persona detenida debe ser llevada al juzgado en un plazo de 48 horas. Para menores, el Código de los Niños y Adolescentes establece normas específicas, incluyendo que, en casos flagrantes, deben ser llevados a una sección especial con la intervención de fiscal y defensor.
Este periodo cubre la etapa de retención y las investigaciones urgentes. En este caso, la Fiscalía ordenó la declaración del joven afectado mediante cámara Gesell y recoger el testimonio de los diez menores. El abogado penalista Julio Rodríguez explicó en ATV que el Ministerio Público tiene la opción de pedir un internamiento preventivo si se cree que hay un riesgo procesal. Mencionó que es posible el envío a Maranguita mientras se desarrolla el proceso.
Rodríguez subrayó que el fiscal debe demostrar el riesgo de que los adolescentes intenten evadir la justicia o dificulten la investigación. El juez analizará los argumentos presentados por Fiscalía y defensa. Por lo tanto, el fin del plazo de retención no implica automáticamente la liberación de los estudiantes.







