¡Mano dura! EXPULSAN a venezolano sentenciado y le cierran las puertas de este país por 20 años
Únete al canal de Whatsapp de WapaEl máximo tribunal ratificó la legalidad de la medida dispuesta por el Servicio Nacional de Migraciones y la PDI, argumentando que se respetaron los principios del debido proceso y que la expulsión se sustenta en causas penales y un ingreso irregular al país.
¿Por qué se ordenó la expulsión?
El ciudadano venezolano ingresó al país por un paso no habilitado y contaba con dos condenas penales previas, una por porte de arma cortante y otra por ingreso no autorizado a un recinto militar. La expulsión fue decretada por la autoridad migratoria en marzo de 2025, y notificada mediante carta certificada.
¿Qué alegó el reclamante?
El ciudadano denunció una supuesta vulneración al debido proceso, alegando que no fue notificado personalmente, que no pudo ejercer su defensa y que no se consideraron circunstancias personales como su salud mental, adicciones o situación de calle. También argumentó que la medida vulneraba el principio de legalidad y el de no sanción doble (non bis in idem).
¿Qué resolvió la Corte?
Tanto la Corte de Iquique como la Corte Suprema concluyeron que la expulsión fue dictada con fundamento, por autoridad competente y conforme a la ley. Determinaron que el procedimiento fue regular y que el reclamante fue debidamente notificado, aunque no presentó descargos en el plazo establecido. Además, se precisó que las condiciones personales no acreditadas no invalidaban la medida.
¿Qué implicancias tiene el fallo?
La sentencia confirmó que el ciudadano no podrá ingresar al territorio nacional por un periodo de 20 años, descartando que la medida sea desproporcionada o ilegal. Se reafirma así el criterio de que el ingreso irregular y la existencia de antecedentes penales constituyen motivos suficientes para aplicar sanciones migratorias bajo la Ley N° 21.325.