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Personal médico y asistencial podrá trabajar en dos entidades públicas para casos COVID-19

Minsa, EsSalud, regiones y sanidad de las FF. AA. y policiales podrán ampliar servicio que brindan a población en el país. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

Personal médico y asistencial podrá trabajar en dos entidades públicas para casos COVID-19
Este proyecto de ley durará hasta que culmine la emergencia sanitaria. | AFP/Referencial

El pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que permite que los establecimientos de salud de todo el Perú contraten personal médico especialista o asistencial de salud, aunque se desempeñen en otra entidad pública del sector.

La propuesta, trabajada en conjunto con la Comisión de Salud, obtuvo un dictamen favorable con 106 votos a favor, permitiendo la doble contratación del personal asistencial y de médicos especialistas durante la vigencia de un estado de emergencia nacional sanitaria por la COVID-19.

La norma autoriza al Ministerio de Salud (Minsa), el Seguro Social de Salud (EsSalud), las direcciones regionales de Salud de los gobiernos regionales, la sanidad de las Fuerzas Armadas y la Sanidad de la Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias y de acuerdo a la necesidad del servicio, a realizar las contrataciones descritas anteriormente.

Cabe indicar que los contratos firmados bajo estas condiciones se extinguen automáticamente una vez culminada la emergencia sanitaria.

Entre los requisitos a considerar están la inexistencia de incompatibilidad en el horario laboral, la distancia en el nuevo cargo a asumir, el nuevo vínculo laboral se registra en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

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Además, la ley aprobada concluye y archiva los procedimientos disciplinarios contra personal médico especialista o asistencial que de conformidad con el artículo 40 de la Constitución han desarrollado labores en dos entidades durante la emergencia sanitaria.

Cabe señalar que la nueva entidad contratante debe verificar que los horarios de trabajo no deben sobreponerse de tal modo que una jornada no afecte la otra y la distancia entre los centros de trabajo sea razonable y posible de cumplir.

¿Cuándo podría vacunarme si me dio COVID-19?

El país está padeciendo una tercera ola de coronavirus por un lamentable ascenso rápido de contagios por coronavirus. La nueva variante Ómicron está causando más casos positivos de la COVID-19 y por esa razón los pacientes se preguntan cuánto tiempo debe pasar para que un infectado se pueda vacunar.

Si los síntomas se presentaron de manera leve, uno se podrá inmunizar a más tardar 15 días. La dosis se recibe cuando uno ya no tiene tos ni fiebre.

En caso de un paciente se haya infectado de manera grave, al extremo de requerir hospitalización o cama UCI, el tiempo de espera es de tres meses.

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