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Jorge Muñoz: Poder Judicial pide al JNE iniciar proceso de destitución contra alcalde de Lima

Según el Juzgado Civil, el burgomaestre de Lima incumplió resolución que ordena el pago de las liquidaciones de los trabajadores de limpieza pública. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Jorge Muñoz: Poder Judicial pide al JNE iniciar proceso de destitución contra alcalde de Lima
    Jorge Muñoz podría ser destituido del cargo de alcalde de Lima | Foto: Difusión.

    El alcalde de Lima, Jorge Muñoz, podría ser destituido del cargo, luego que el Poder Judicial solicitó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que inicie un proceso administrativo contra el burgomaestre y otros funcionarios responsables de no haber cumplido con una resolución que ordena el pago de las liquidaciones de los trabajadores de limpieza pública.

    “Pese al tiempo transcurrido y a encontrarse válidamente notificada con la resolución número 1951, la demandada Municipalidad Metropolitana de Lima no ha cumplido con efectuar los pagos de las sumas señaladas en las liquidaciones presentadas por la misma comuna demandada”, se lee en el documento que emitió el Juzgado Civil.

    “Por lo que, haciendo efectivo el apercibimiento decretado en la mencionada resolución 1951, se dispone remitir copias certificadas al JNE para que se disponga la apertura del proceso administrativo para la destitución del alcalde de Lima y de los funcionarios responsables que se encuentren implicados en la omisión a lo dispuesto en la resolución número 1951″, agregó.

    El regidor de Lima Metropolitana Carlo Ángeles señaló que hay jurisprudencia sobre este tipo de casos en el Tribunal Constitucional. Se refiere a la resolución del 23 de setiembre de 2010, emitida por el máximo intérprete de la Constitución Política del Perú.

    “Tratándose de aquellas autoridades cuya designación depende del voto popular, su eventual destitución exige previamente la determinación de una causal de vacancia, la cual debe ser determinada por el órgano electoral respectivo”, rezó el documento del TC.

    “A tales efectos es obligación de la autoridad judicial cuyas sentencias son incumplidas (antes que del directamente afectado en sus derechos) el poner en conocimiento del citado órgano electoral la actitud asumida por la autoridad renuente. Solo de dicha manera es que la eventual medida de destitución aparece como coherente”, añadió.

    Ángeles apuntó que, más allá de que prospere o no el pedido de destitución, “quedan claras las prioridades de nuestra autoridad metropolitana que, pese a las insistencias del Poder Judicial, se rehúsa a acatar fallo que ordena pago de liquidaciones de trabajadores de limpieza pública”.

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