Congreso de la República amplía el límite de edad para la docencia universitaria

El Congreso de la República modificó el artículo 84 de la norma 30220 que ponía un tope de 70 años para poder ejercer la docencia en las universidades. Únete al canal de Whatsapp de Wapa
    Congreso de la República amplía el límite de edad para la docencia universitaria
    El Congreso de la República modificó el artículo 84 de la norma 30220 que ponía un tope de 70 años para poder ejercer la docencia en las universidades.

    El pleno del Congreso extendió la edad para ejercer la docencia universitaria, este ahora tiene el límite de 75 años de edad. 84 votos a favor, cero en contra y solo cuatro abstenciones fueron los que le dieron la extensión  al artículo 84 de la Ley Universitaria en las instituciones estatales.

    La aprobación se dio el día jueves  nueve de noviembre  y el dictamen fue sustentado por, Paloma Noceda Chiang,  presidenta de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, mujer que laboró un nuevo texto sustitutorio recogiendo los aportes planteados por los parlamentarios en un debate que se desarrolló el 19 de octubre en el grupo al que pertenece.

    “Los docentes son personas valiosas que tienen toda la capacidad de seguir contribuyendo a la sociedad y seguir enseñando a nuestros jóvenes. Hasta el momento han cesado más de 300 docentes de diferentes universidades y no hay maestros especializados para cubrir esas plazas”, fueron las palabras de la parlamentaria de Fuerza Popular.

    Noceda Chiang indicó que esta aprobación se dio tras la presentación de 11 propuestas lesgislativas de distintas bancadas, quienes planteaban ampliar la ley hasta los 80 años de edad o que caso contrario no existiera un límite.

    El artículo 84 de la Ley N° 30220, conocida como Ley Universitaria, decía: "La edad máxima para el ejercicio de la docencia en la universidad pública es 70 años. Pasada esta edad solo podrán ejercer la docencia bajo la condición de docentes extraordinarios y no podrán ocupar cargo administrativo".

    "La edad máxima para el ejercicio de la docencia en la universidad pública es 75 años, siendo esta la edad límite para el ejercicio de cualquier cargo administrativo y/o de gobierno de la universidad. Pasada esta edad solo podrán ejercer la docencia bajo la condición de docentes extraordinarios y no podrán ocupar cargo administrativo", es lo que indicará la norma aprobada por el pleno del Congreso.

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