La SBS aprobó el reglamento operativo para el octavo retiro de fondos de las AFP, permitiendo a los afiliados retirar hasta 4 UIT, equivalente a S/21,400.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) oficializó este domingo 28 de septiembre el reglamento operativo que da luz verde al octavo retiro de fondos de las AFP. Con esta medida, los afiliados podrán acceder a hasta 4 UIT, lo que equivale a S/21,400. El documento detalla los pasos y responsabilidades que las AFP deberán cumplir para ejecutar el retiro, que ya contaba con la aprobación del Congreso. En esta nota encontrarás el detalle de cómo y cuándo se entregará cada UIT para que sepas exactamente cuándo recibir tu dinero.
Según la Ley N.º 32445, aprobada por el Congreso el 17 de septiembre, los afiliados tienen la opción de presentar su solicitud de retiro de fondos de forma física o virtual. Además, la norma exige que las AFP implementen y mantengan en buen estado los canales de atención, asegurando que los aportantes puedan realizar tanto sus solicitudes de retiro como de desistimiento sin inconvenientes.
A partir del 21 de octubre comenzará el proceso de solicitudes para el retiro de AFP, y los pagos se entregarán en cuatro armadas mensuales de hasta 1 UIT cada una. El cronograma ya está definido y funciona así:
Este esquema permitirá a los afiliados acceder a su dinero en plazos mensuales, con un procedimiento ordenado y sencillo. Las AFP deberán mantener habilitados sus canales de atención para resolver dudas y guiar a los usuarios en cada etapa.
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El reglamento del retiro de hasta 4 UIT de los aportes en las AFP ya está en vigencia y establece las reglas para todo el proceso. Entre ellas, hay una disposición que puede reducir considerablemente el monto que recibirán algunos afiliados, llegando a descontarles más de S/ 6 mil soles.
De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial El Peruano, esta reducción se aplica únicamente a quienes mantengan deudas por pensión de alimentos. En estos casos, se ejecutará una retención de hasta el 30 % de cada desembolso.
Por ejemplo, si un afiliado solicita el monto máximo de S/ 21.400 (4 UIT), podría tener una retención de hasta S/ 6.420. Para garantizar el cumplimiento de esta medida, la norma indica que “la AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias”.
Esta medida busca asegurar que los beneficiarios de las pensiones de alimentos reciban lo que les corresponde antes de que el aportante disponga del dinero retirado.