Cargando...
17 Mar 2020 | 13:00 h

¿Se postergarán los pagos de recibo de agua y luz de marzo por la cuarentena?

El presidenteMartín Vizcarra comentó durante su mensaje a la nación, que se encuentra en coordinación con las empresas de serviciopúblico para evaluar un desfase en los pagos.

Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    wapa.pe

    El mandatario de la República, Martín Vizcarra, ante la duda y preocupación que tiene la población por el pago que debe efectuar de este mes de marzo en servicios básicos tras estar en cuarentena, informó que medidas está evaluando sobre este caso.

    Pues, al mantenernos durante estos quince días en nuestros hogares, muchas familias no están generando ingresos para realizar sus pagos de agua potable ni energía eléctrica

    ¿Se postergarán los pagos de servicio básico de agua y luz?

    Durante el último mensaje de la nación del presidente, indicó que está evaluando postergar el monto que se emite mensualmente por los servicios básicos, para que el dinero lo utilicemos en nuestras compras de primera necesidad.

    “Estamos coordinando con las empresas de servicio público para que puedan hacer un desfase en los pagos de servicios del mes de marzo. Apenas tengamos resultado conversaciones será de conocimiento de la población". 

    ¿El vencimiento de tus deudas en el banco también podrán postergarse?

    A su vez, manifestó ante este caso, “estamos evaluando la forma para que las deudas puedan postergarse en su plazo de vencimiento, para salvar esta etapa”.

    Esta declaración se dio acorde a que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), emitió un oficio donde les faculta a las identidades de sistema financiero adoptar una fmedida excepcional para facilitar el bono de las deudas de personas jurídicas y naturales. 

    Vídeo - Martín Vizcarra anuncia estado de emergencia nacional

    ¿Qué es un estado de emergencia?

    En un mensaje a la nación, el presidente de la República, Martín Vizcarra, declaró el estado de emergencia nacional por 15 días ante la propagación del nuevo coronavirus en el país.

    De acuerdo con el artículo 137º, inciso 1, de la Constitución Política, el jefe del Estado, con acuerdo de su Consejo de Ministros, tiene la potestad de decretar tal disposición en todo o parte del territorio nacional en los casos de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida da la Nación.