Gobierno prolonga trabajo remoto público y privado hasta 31 de diciembre 2021

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    Gobierno prolonga trabajo remoto público y privado hasta 31 de diciembre 2021
    A fin de evitar los contagios por el coronavirus, COVID-19.

    El Ejecutivo aprobó la prolongación de la vigencia del trabajo remoto en las entidades públicas y privadas hasta el 31 de diciembre del presente año, a fin de evitar el contagio del coronavirus, COVID-19 en el territorio nacional.

    Así lo estableció a través del Decreto de Urgencia Nº 055-2021 publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. 

    La norma en sus disposiciones complementarias finales, establece modificar la vigencia del trabajo remoto establecido en el Título II del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, la cual estaba determinada por el periodo que dure la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud debido a la existencia del COVID-19.

    La modificación ahora establece que “El Título II tiene vigencia para el sector público y privado hasta el 31 de diciembre de 2021”.

    El trabajo remoto se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.

    Retorno gradual al trabajo presencial 

    Por otra parte, el Decreto de Urgencia Nº 055-2021 en su Disposición Complementaria Final Única, establece que los servidores civiles de las entidades públicas de sectores distintos al sector Salud, que hayan sido vacunados con sus dos dosis completas contra el coronavirus, COVID-19, pueden retornar a sus centros de trabajo de manera presencial o mixta.

    “Previa evaluación y aprobación por parte del médico ocupacional o quien haga sus veces en la entidad”, precisa la norma.

    Asimismo se establece que además de la evaluación clínica, se deberá considerar la necesidad del servicio, cumplir el aforo máximo en los locales institucionales, el mismo que asegure el distanciamiento físico, las condiciones de salubridad e higiene, de acuerdo a las normas emitidas por el Ministerio de Salud; así como, realizar el análisis epidemiológico en función al nivel de riesgo vigente en cada provincia.

    También se señala que las entidades públicas de los sectores distintos al sector Salud, pueden mantener a los trabajadores que hayan sido vacunados con dosis completas contra la COVID-19, realizando trabajo remoto o mixto, según las necesidades institucionales.

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