Francisca Aronsson revela que fue víctima de acoso sexual

Francisca Aronssonreveló que viene siendovíctima de acoso sexualpor parte de un sujeto que la contactó por redes sociales. Únete al canal de Whatsapp de Wapa
    Francisca Aronsson revela que fue víctima de acoso sexual
    Francisca Aronssonreveló que viene siendovíctima de acoso sexualpor parte de un sujeto que la contactó por redes sociales.

    Francisca Aronsson, muy conocida por ser protagonista de diversas producciones nacionales, sorprendió a muchos al revelar que fue víctima de acoso sexual por parte de un sujeto que la contactó por redes sociales.

    "Sucedió el año pasado, un chico me llamaba constantemente vía Skype y cometí el error de aceptar la videollamada y me enseñó su parte íntima. Me quedé traumada, me dio mucha rabia, fue duro", expresó la joven actriz al diario La República.

    Ante esto, contó que desde este terrible momento, ha tomado con más seriedad el manejo de las redes sociales.

    "Tengo cuidado con las redes sociales, no doy mi número de celular, no hago conversaciones en privado, solo contesto mensajes abiertos. He vuelto a ser acosada por el mismo chico, otra vez me llama por Skype, pero lo he bloqueado", indicó.

    A su corta edad y al ver tanta "injusticia", Francisca asegura que no ha tomado medidas legales porque siente que si denuncia caería en saco roto.

    "Me encantaría denunciar porque ese tipo no se merece nada, pero lamentablemente denuncias y todo queda en nada. Y ahora que hasta los congresistas son acusados de acoso, me desanima más. Se siente un poco de frustración, ¡cuándo vas a cambiar, Perú!", expresó.

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    Esto es lo que señala la ley sobre el acoso sexual:

    Decreto Legislativo N° 1410

    El decreto legislativo establece como acoso a la forma reiterada, continua o habitual; y por cualquier medio, a quien vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona sin su consentimiento, de modo que pueda alterar el normal desarrollo de su vida cotidiana.

    Pena: quien cometa este delito será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años, inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 10 y 11 del artículo 36, y con 60-180 días-multa.

    La misma pena se aplica al que, por cualquier medio, vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona sin su consentimiento, de modo que altere el normal desarrollo de su vida cotidiana, aun cuando la conducta no hubiera sido reiterada, continua o habitual.

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