Conoce si el feriado por el Día de Todos los Santos se trasladará al lunes dos de noviembre y cuál es el monto que deberán pagarte si trabajas durante esa jornada.
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¡Atención, trabajadores! Este domingo uno de noviembre se conmemora el Día de Todos los Santos, establecido como feriado nacional tanto para el sector público como privado. Sin embargo, debido a que la fecha cae domingo, el descanso únicamente corresponderá a esa jornada, por lo que no se generará un día libre adicional ni un pago extra.
Según el calendario oficial del Gobierno peruano, el uno de noviembre de 2026 está reconocido como feriado nacional. Por su parte, el lunes dos de noviembre no ha sido declarado feriado ni día no laborable para todos los trabajadores, por lo que no habrá un feriado largo que prolongue el descanso. Además, todo dependerá de si el domingo está contemplado dentro de la jornada laboral del trabajador o corresponde a su día de descanso semanal.
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De acuerdo con la legislación peruana, los feriados nacionales se conmemoran en la fecha señalada y no se trasladan automáticamente cuando coinciden con un sábado o domingo.
Por esta razón, los trabajadores que habitualmente descansan los domingos conservarán su día libre; no obstante, no tendrán derecho a un descanso adicional el lunes dos de noviembre por el hecho de que el feriado haya coincidido con su descanso semanal. La única excepción a esta normativa es el 1 de mayo, Día del Trabajo, que cuenta con un tratamiento especial.
De acuerdo con Sunafil, cuando un trabajador realiza sus labores durante un feriado nacional y no recibe un descanso sustitutorio dentro del mes, le corresponde el pago por la jornada trabajada, además de una sobretasa del 100%. A ello se agrega la remuneración del feriado, que ya está contemplada en su sueldo habitual. Este beneficio es conocido como: triple pago.
Por ejemplo, si un trabajador recibe S/100 por día y realiza sus labores durante un feriado sin obtener un descanso sustitutorio, percibirá S/ 200 adicionales a la remuneración del feriado que ya está incluida en su sueldo mensual.
A partir del undécimo mes de 2026, el calendario nacional contempla las siguientes fechas como feriados oficiales en todo el país, aplicables tanto para trabajadores como para estudiantes: