El decreto vigente revela qué sucede con el 30 y 31 de julio, despejando las dudas surgidas en redes sociales y buscadores tras las celebraciones por Fiestas Patrias.
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Con la proximidad de las Fiestas Patrias, miles de trabajadores vuelven a preguntarse cómo quedará el calendario laboral de julio. En particular, existe incertidumbre sobre si el jueves 30 y el viernes 31 de julio también serán considerados feriados o días no laborables.
Para este 2026, la respuesta es no. De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, el único día no laborable decretado por el Gobierno para el sector público fue el lunes 27 de julio, jornada que deberá ser compensada posteriormente y que no tiene la condición de feriado.
En cambio, el 28 y 29 de julio sí son feriados nacionales por las celebraciones de la Independencia del Perú, por lo que el descanso remunerado es obligatorio tanto para trabajadores del sector público como del privado.
En consecuencia, el jueves 30 y el viernes 31 de julio no han sido declarados feriados ni días no laborables, por lo que las actividades se reanudarán con normalidad en ambas fechas.
La cercanía de los feriados con un fin de semana largo generó diversas especulaciones en redes sociales y buscadores sobre una posible ampliación del descanso. Sin embargo, la normativa vigente no contempla esa posibilidad.
Así, tanto las entidades públicas como las empresas privadas deberán retomar sus labores habituales desde el jueves 30 de julio, manteniendo también una jornada regular el viernes 31 de julio.