Durante la extensión se limitarán derechos constitucionales y las actividades masivas requerirán aprobación. Se comunicará el resultado al Ministerio del Interior al finalizar el periodo.
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El Gobierno ha decidido extender por otros 60 días el estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao, iniciando este miércoles 29 de abril, con el fin de combatir la creciente criminalidad y violencia. El anuncio fue formalizado a través del Decreto Supremo N.º 062-2026-PCM, publicado en una edición especial del diario oficial El Peruano.
Durante este tiempo, la Policía Nacional del Perú (PNP) continuará con el control del orden interno, apoyada por las Fuerzas Armadas. Las áreas de intervención se definirán con base en inteligencia policial, mapas del delito e índices de criminalidad.
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La extensión también incluye la limitación de ciertos derechos constitucionales, conforme al artículo 137 de la Constitución. Se afectan la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la seguridad personal.
En este marco, los eventos públicos masivos como actividades religiosas, culturales o deportivas deberán recibir aprobación previa de las autoridades competentes. En cambio, las actividades no masivas podrán llevarse a cabo sin necesidad de permiso específico.
Además, el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) tendrá que presentar al finalizar este periodo un informe al Ministerio del Interior con los resultados y recomendaciones. Este informe será enviado a la Presidencia de la República, el Congreso y el Poder Judicial.
La implementación de esta prórroga se financiará con los recursos del presupuesto de las entidades involucradas, así como con fondos adicionales autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas.