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28 Sep 2021 | 8:58 h

Pit Bull que mordió a Jaime Chincha en Surco debió de usar bozal y correa, según norma

Según ley, el dueño debió de pasar por una evaluación psicológica para poseer este tipo de raza. Asimismo, afronta el pago de 1 UIT por pasearlo sin bozal.

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    Pit Bull que mordió a Jaime Chincha en Surco debió de usar bozal y correa, según norma | Composición Wapa

    A través de su cuenta oficial de Twitter, el periodista Jaime Chincha denunció el ataque de un perro Pit Bull en el parque Miguel Aljovín de Surco. Según explicó, el animal estaba sin correa y sin bozal.

    "¿Qué tienes que decir?", se le escucha decir a Chincha mientras increpaba al dueño del perro de raza Pit Bull. "Tengo que decirte mil disculpas". "¿Y qué hacemos con esto?", repregunta el periodista al enseñarle la mordedura que sufrió en la mano izquierda.

    Jaime Chincha indicó que el dueño del animal responde al nombre de José Enrique. Le preguntó si su mascota tiene rabia y él respondió que "no, porque solo tiene un año". "Por lo menos ¿Te interesa ver como ha quedado mi mano?", pregunta al final del video Chincha, sin embargo, José Enrique camina decididamente a salir del lugar.

    Ley peruana y sus exigencias

    Según establece la Ley N° 27596, Ley que regula el Jurídico de Canes, vigente desde diciembre de 2001, refiere que los propietarios que tengan la intención de adquirir canes potencialmente peligrosos deberán de pasar por una aptitud psicológica, estudio refrendado por un psicólogo colegiado, ser mayores de 18 años y no poseer sanción conforme a esta ley.

    La Resolución Ministerial N°1776-2002-SA/DM del Ministerio de Salud considera a Pit Bull Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasilero, Tosa Japonesa, Bul Mastiff, Doberman y Rottweiler como las razas de los canes potencialmente peligrosos.

    Asimismo, la Ley N° 27596 obliga a los dueños de este tipo de perros a identificarlos y registrarlos adecuadamente en la Municipalidad de su residencia. Esta institución les entregará la licencia correspondiente tras cumplir con los requisitos.

    Uso de correa y bozal

    Según reveló Jaime Chincha en su cuenta oficial de Twitter, el perro de raza Pit Bull que lo agredió en Surco no portaba correa ni bozal. Esto hace presumir que su dueño lo soltó para que el can tenga libertad de acción, sin tener en cuenta la peligrosidad que pudo causar.

    La citada normal dispone que los canes considerados potencialmente peligrosos deberán de ser conducidos, en cualquier lugar público, con bozal y correa que les permita tener un control sobre ellos.

    También se hace hincapié que la conducción del animal deberá de ser por el propietario o por otra persona que tenga la capacidad física y mental de ejercer un dominio adecuado sobre el can ante cualquier eventualidad.

    Sanciones

    La Ley N° 27596 refiere que si el perro causa lesiones graves a una persona, el propietario está obligado a cubrir los gastos que demande la recuperación total del afectado, excepto en aquellos casos en donde el animal ejerció defensa propia, de terceros o de una propiedad privada.

    También se indica que si el perro ocasiona lesiones graves a otro animal, el dueño estará obligado a cubrir los costos que demande su recuperación. En caso que el animal afectado fallezca, el propietario o poseedor del can agresor deberá de pagar a favor del perjudicado una indemnización equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Sin embargo, esta indicación se puede exonerar siempre y cuando el can agresor haya actuado en defensa propia, de terceros o de una propiedad privada.

    José Enrique, dueño del Pit Bull que agredió a Jaime Chincha, puede ser multado además con el pago de 0.5 UIT si es que no ha cumplido con el registro de su mascota en la Municipalidad de su residencia.

    Asimismo, está expuesto a ser sancionado con 1 UIT por haberlo paseado sin bozal ni correa en una vía pública, razón suficiente que no le permitió tener un control sobre él. Más aún, teniendo en cuenta su peso, tamaño, características físicas y agresividad.

    Finalmente, la norma refiere que las personas que participen, organicen, promuevan o difundan peleas de canes, adiestren o entrenen para este tipo de hechos, serán acreedores de una multa de hasta 2 UIT. Se menciona que hasta el propietario no pague la deuda, el can será retenido por la Municipalidad, cuyo ente podrá cobrar una tasa diaria por mantenimiento del animal.

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