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OEFA impone nuevas medidas de obligatorio cumplimiento a Repsol

El incumplimiento de estas acciones puede ocasionar la imposición de multas coercitivas, de hasta 100 UIT, y de manera sucesiva, hasta constatar su cumplimiento. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    OEFA impone nuevas medidas de obligatorio cumplimiento a Repsol
    Aún existe mucho trabajo por hacer en el contamido mar de Grau. | Archivo LR

    ¿Le impone disposiciones ejemplares? El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de las acciones que viene desarrollando ante el derrame de petróleo ocurrido durante las operaciones de descarga del Buque Tanque Mare Doricum, en las instalaciones del Terminal Multiboyas N° 2, de Refinería La Pampilla S.A.A. de Repsol, ha dictado nuevas medidas administrativas de cumplimiento inmediato con el objetivo de prevenir daños acumulativos o de mayor gravedad que repercutan en el suelo, agua, flora, fauna y recursos hidrobiológicos.

    En ese contexto, el “incumplimiento de estas acciones puede ocasionar la imposición de multas coercitivas, de hasta 100 UIT, y de manera sucesiva, hasta constatar su cumplimiento. Estas multas son independientes de aquellas que el OEFA pueda interponer en el marco de un procedimiento administrativo sancionador”.

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    Las medidas que Repsol tendrá que cumplir

    La primera dispocisión será el realizar patrullaje, rescate, limpieza y custodia temporal de la fauna de las zonas afectadas por el petróleo derramado. “Todo esto con personal capacitado y en coordinación con Sernanp, Produce y Serfor. El plazo de cumplimiento será de “inmediato y hasta que el agua , suelo y sedimentos cumplan condiciones para las especies”. Tendrán un lapso para acreditar el cumplimiento de un día hábil y de manera interdiaria hasta la limpieza de las áreas afectadas

    La segunda medida será ejecutar las acciones de recuperación y liberación de la fauna rescatada de los espacios afectados. El tiempo de cumplimiento será “de inmediato y hasta que el agua y suelo cumplan condiciones para las especies”. El plazo para acreditarlo será de dos días hábiles y de manera semanal hasta la limpieza de las áreas.

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    La tercera medida será ejecutar los muestreos de comprobación (agua, suelo y sedimento) en las áreas recuperadas y remediadas. El lapso de cumplimiento será de 30 días hábiles y 15 para acreditarlo.

    La cuarta disposición será llevar a cabo el monitoreo hidrobiológico de aves y mamíferos marinos, de los ecosistemas frágiles y de diversidad biológica de las áreas afectadas para determinar el grado de afectación. El plazo de cumplimiento será de 30 días hábiles y de 20 para acreditarlo.

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