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Renovación Popular busca modificar la normativa vigente para que el “concebido” sea sujeto jurídico

La agrupación Renovación Popular presentó un proyecto de ley con el objetivo de considerar a una “persona como sujeto de derecho desde su concepción”, lo que criminaliza aún más el derecho a acceder al aborto terapéutico. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Renovación Popular busca modificar la normativa vigente para que el “concebido” sea sujeto jurídico
    Desde el 2016 no se presentaba un proyecto de ley entorno al aborto.

    El último 18 de noviembre, la legisladora de Renovación Popular Milagros Jáuregui de Aguayo presentó al Congreso de la República el proyecto de ley N° 785. Según con la iniciativa parlamentaria, se busca transformar la normativa vigente para que el “concebido” o un feto sea reconocido ante la ley como “persona humana” y, por lo tanto, sea sujeto de derecho.

    A través de sus cuentas de Twitter, el viernes 19 de noviembre, la parlamentaria y su bancada anunciaron el proyecto legislativo. “Necesitamos adecuar nuestra legislación civil a lo que dice nuestra Constitución y lo que dice la Convención de los Derechos del Niño. El concebido es un niño por nacer, es persona”, escribió Jáuregui en la red social sin tomar en cuenta el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos.

    De acuerdo a la página del mismo Congreso, actualmente, el documento figura como presentado, pero sin debatirse aún en ninguna comisión.

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    ¿Qué dice el proyecto de ley y qué se pretende modificar?

    En su artículo 3, el documento menciona que se estaría modificando el primer artículo del Código Civil, el cual establece que “la persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento”. Sin embargo, la bancada de Renovación Popular planea modificar la parte en la que se establece desde cuándo una persona posee valor jurídico a “desde su concepción”.

    Asimismo, la iniciativa parlamentaria, en su artículo 6, indica que, en casos de alto riesgo médico o peligro en la vida del cuerpo gestante y del concebido, compete “a la madre o conyugue, conviviente o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad” tomar una decisión sobre el procedimiento seguir. Con ello, se refiere a la aplicación del aborto terapéutico.

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    Sin embargo, de acuerdo con el artículo 119 del Código Penal, el aborto terapéutico es un derecho reconocido por la ley desde 1924. Esto significa que, si la vida del cuerpo gestante corre peligro, la persona embarazada o su representante legal podrán solicitar y recurrir a este procedimiento médico para salvar su vida o “evitar en su salud un mal grave y permanente”.

    Milagros Jáuregui ya había anunciado este proyecto de ley

    El 6 de octubre de este año, la también vicepresidenta en la Comisión Multipartidaria de Monitoreo, Fiscalización y Control del Programa Hambre Cero convocó a una rueda de prensa en el frontis del Congreso. Acompañada de distintos colectivos antiderechos, esa tarde, Milagros Jáuregui anunció que propondría un proyecto de ley para reconocer los derechos del “concebido”.

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