El MTC ha introducido nuevas condiciones para renovar el brevete en Perú, como controles médicos obligatorios y limitaciones de edad para los conductores.
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha actualizado las reglas para la emisión y renovación de licencias de conducir a partir de 2026. Esta regulación incorpora restricciones relacionadas con la edad, exámenes médicos obligatorios y periodos de validez más cortos para los conductores de mayor edad. Abarca tanto a conductores profesionales como a no profesionales.
Estas nuevas normas forman parte del Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir y tienen como objetivo mejorar la seguridad vial en el país.
De acuerdo con el artículo 20 del reglamento del MTC, la edad límite para obtener una licencia de conducir profesional es de 80 años. A partir de los 70, será necesario aprobar exámenes médicos y psicológicos, realizados por una ECSAL, para renovar, recategorizar u obtener el brevete.
Además, la duración de las licencias se reduce: entre 70 y 76 años, tendrá vigencia de un año, mientras que entre 76 y 81 años disminuye a seis meses, según el Decreto Supremo N.° 017-2009-MTC.
En el caso de las licencias no profesionales de clase A categoría I, también se introducen restricciones según la edad. Entre los 70 y 75 años, el brevete será válido por cinco años; esta vigencia se reduce a tres años entre los 75 y 81 años.
A partir de los 81 años, la renovación dependerá de la aprobación de los exámenes médicos y psicológicos y será por dos años. Estas directrices buscan asegurar que los conductores mantengan aptitudes físicas y mentales adecuadas para conducir.
El MTC también especifica las razones por las que un conductor podría perder su brevete en Perú. Los principales motivos incluyen conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas, acumular infracciones en el sistema de puntos o rechazar pruebas toxicológicas.
Según datos oficiales, más de 86.000 licencias fueron revocadas entre 2015 y 2025. Además, acumular 100 puntos por tercera vez en 24 meses puede resultar en la revocación definitiva del documento.