Las compañías que no realicen el depósito de la CTS dentro del plazo fijado cometerán una infracción grave, la cual es sancionada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Únete al canal de Whatsapp de Wapa
El 15 de noviembre vence el plazo para que las empresas realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Este beneficio laboral, otorgado dos veces al año —en mayo y noviembre—, tiene como finalidad proteger al trabajador en caso de pérdida del empleo. Si una empresa no cumple con efectuar el abono dentro del plazo, podría ser sancionada.
LEE MÁS: ES OFICIAL | Sedapal anuncia MASIVO corte de agua este 6 de noviembre en varios distritos de Lima
La CTS corresponde a todos los trabajadores formales del sector privado que laboran bajo contrato y estén sujetos al régimen laboral correspondiente. Para acceder a este derecho, se deben cumplir algunos requisitos mínimos: haber trabajado al menos cuatro horas diarias y contar con un mes de servicios continuos.
El monto del depósito se calcula considerando la remuneración mensual y una parte proporcional de la gratificación correspondiente al periodo trabajado durante el semestre.
El depósito debe efectuarse en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, ya sea en la entidad financiera elegida por él o en la designada por la empresa. Las sumas depositadas generan intereses conforme a lo establecido por la normativa laboral vigente.
Aunque suele considerarse un tipo de ahorro, la CTS es en realidad un fondo de respaldo obligatorio que garantiza al trabajador una protección económica en caso de despido. El empleador está obligado a realizar dos depósitos anuales, en mayo y noviembre, correspondientes a los semestres previos.
En los últimos años, se han aplicado medidas que permiten el retiro parcial o total del fondo bajo determinadas condiciones; sin embargo, su propósito principal sigue siendo proteger al trabajador y su familia ante una eventual pérdida de empleo.
Las empresas que no cumplan con el depósito en el plazo establecido incurren en una infracción grave, sancionada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Si el empleador no efectúa el abono, el trabajador puede presentar una denuncia ante Sunafil, que tiene la facultad de iniciar un proceso de fiscalización y aplicar sanciones cuando corresponda.
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), las compañías que incumplan esta obligación pueden enfrentar multas diferenciadas, las cuales pueden alcanzar hasta S/ 139,742.
Las denuncias pueden realizarse de forma virtual a través del portal Sunafil en Línea, en la sección “consultas y trámites”.