En una publicación que lleva las firmas del presidente Pedro Castillo y Aníbal Torres se despidió el ahora exprocurador general de la República por “pérdida de confianza”. Sin embargo, Daniel Soria, afirmó que la decisión de apartarlo del cargo que fue oficializada la noche del martes 1 de febrero es ilegal.
Asimismo, anunció que está evaluando tomar medidas ante el Poder Judicial. “La ley aplicable es el Decreto Legislativo 1326, que establece causales de remoción por falta grave, no por una pérdida de confianza”, explicó Soria Luján en entrevista con RPP.
“Es ilegal porque va en contra del Decreto Legislativo 1326. Yo estoy evaluando iniciar una acción judicial contra esa resolución porque es ilegal. No se ha invocado la norma adecuada, correcta”, aseguró.
Pero eso no es todo, el ahora exprocurador también reveló que se enteró que sería removido del cargo poco después de las 11:00 p.m., cuando culminó el partido por las Eliminatorias 2022 entre las selecciones de Perú y Ecuador.
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A través de una publicación extraordinaria en el diario oficial El Peruano se dio por concluida la designación de Soria. El escrito que lleva las firmas del mandatario Pedro Castillo y del ministro de Justicia, Aníbal Torres, argumenta que la decisión responde a la causal de “pérdida de confianza”.
Para el exfuncionario no se puede aplicar dicha causal en su posición debido a que su cargo no se sostiene en la pérdida de confianza. “No es un tema de confianza la relación entre el presidente y el procurador general porque si no el procurador general no tendría la atribución de denunciarlo. Por eso hay causales establecidas de remoción y no abiertas como la pérdida de confianza”, cuestionó.
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“Si esa sería la causal se pudo haber invocado la primera semana de agosto del 2021, cuando cambió el Gobierno”, concluyó.
Como se recuerda, la decisión del Ejecutivo ocurrió luego que la Contraloría presentó el informe elaborado por la Oficina de Control Interno (OCI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el cual concluye que Daniel Soria fue nombrado sin haber cumplido con el requisito de tener trayectoria en defensa jurídica del Estado.