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23 Sep 2021 | 8:13 h

Manuel Merino habría iniciado trámite de pensión vitalicia por Gobierno de facto

A pesar de que su gestión duró menos de una semana, el excongresista de Acción Popular basa su pedido en ley promulgada por el régimen de Alberto Fujimori.

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    Manuel Merino habría iniciado trámite de pensión vitalicia por Gobierno de facto | GLR

    El excongresista de la República, Manuel Merino, habría solicitado gozar del beneficio de pensión vitalicia de 15 mil 600 soles por haber ocupado de manera fáctica el Poder Ejecutivo entre el 10 y 15 de noviembre de 2020.

    Este hecho ocurrió luego que el Congreso extraordinario 2020-2021 acordara vacar al expresidente de la República, Martín Vizcarra, por incapacidad moral. El militante de Acción Popular, por aquel entonces, era presidente del Parlamento.

    Sin embargo, el gobierno de Merino de Lama no se extendió puesto que renunció tras observar las marchas multitudinarias que se desarrollaron en su contra y que generaron las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado.

    Bajo esta misma línea, y afirmando lo que fuentes a La República habían señalado, el exprocurador Ad-hoc de la República, Ronald Gamarra, precisó que el exlegislativo inició el trámite el pasado martes 7 de setiembre.

    “Estuvo seis días al frente de un Gobierno usurpador y represor, fue defenestrado por la ciudadanía movilizada, está investigado por asesinato y el 7 de setiembre ha solicitado al Congreso que se le otorgue pensión vitalicia por ‘haber sido presidente’”, señaló Gamarra.

    Información revelada por Ronald Gamarra

    El cargo de facto que ocupó Manuel Merino de Lama fue de seis días. El militante de Acción Popular basa su pedido en la Ley 26519, la cual fue aprobada y promulgada por el gobierno del exdidactor Alberto Fujimori que establece pensión para expresidentes constitucionales de la República.

    No obstante, hay una excepción. La misiva explica que no serán beneficiados los presidentes que hayan sido acusados constitucionalmente por el Parlamento.

    Para el expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, la ley no distingue de cómo se llegó a la Presidencia de la República (por mandato popular o sucesión de poderes), por lo que tendría derecho.

    "La norma que establece el derecho a este beneficio no distingue entre aquellas personas que ocuparon la Presidencia de la República fruto de la decisión popular del sufragio o como consecuencia de una regla de sucesión establecida en la Constitución. En tanto esa situación no se cambie, tienen derecho a gozar este beneficio todos los que optaron directa o por encargo la primera magistratura”, refirió en declaraciones a La República.

    Asimismo, la constitucionalista María Antonieta Gonzáles, Merino de Lama podría acceder sin problema alguno a este beneficio, a pesar de que políticamente y jurídicamente sea cuestionable.

    “Ejerció la Presidencia de la República más allá de que hayamos señalado en su momento que no se había adecuado a los procesos legales más estrictos. Igualmente fue considerado como presidente de la República, porque se le vacó a Vizcarra y no estaba Mercedes Araoz (para asumir). Entonces sí, sí podría, lamentablemente”, sostuvo.

    Manuel Merino no perdería pensión pese a denuncia en su contra

    Tras las movilizaciones contra el régimen de facto, el Ministerio Público inició una investigación contra el excongresista Manuel Merino de Lama debido a la represión policial y las muertes de los jóvenes Inti Sotelo y Bryan Pintado. Estas investigaciones no le harían perder el beneficio de pensión vitalicia.

    "Tiene una investigación, no tiene todavía una denuncia. No es el caso de Toledo, él incluso ya está sujeto a un pedido de extradición. En el caso de Fujimori, él ya está condenado. Aquí hay solamente una investigación preliminar, habría que esperar cómo se desenvuelve la actividad del Ministerio Público", refirió Gonzáles.

    Cabe señalar que la vigente ley, aprobada por el anterior Congreso y observada por Francisco Sagasti, establece que el monto mensual entregada a expresidentes puede ser suspendida si es que se llega a plantear una acusación constitucional en su contra o si se llega a obtener una sentencia por delito doloso.

    Ley debe de ser regulada, afirman expertos

    Para Víctor García Toma, la Ley 26519 debe ser regulada puesto que no establece una equidad al respecto. “No se puede comparar una presidencia de 5 años con una presidencia de semanas o meses o días”, acotó.

    “Evidentemente hay diferencias, pero en tanto la norma no sea mejor regulada y derogada, se aplica a todos aquellos que están incursos en sus beneficios. Ese es el caso de (Francisco) Sagasti y de Merino. (…) Estoy a favor de que se otorgue el beneficio, pero creo que este solo debería alcanzar a quienes son elegidos por el voto ciudadano. No debería extenderse a quienes por razones accidentales ocupan la Presidencia de la República”, agregó Toma.

    Por su parte, María Antonieta Gonzáles sostuvo que una nueva norma debería de recoger lo dispuesto en el proyecto de ley que eliminaba la pensión vitalicia para ex jefes de Estado y que incluso se debería de incluir la investigación a funcionarios como una de las restricciones de pago.

    “(Un presidente) es un dignatario y, por lo tanto, debería de hacerle honor a ese cargo. El hecho de que se encuentren cuestionados por diferentes delitos o por situaciones que generan muchísimo ruido dentro de la ciudadanía, porque están inmersos en investigaciones. Eso debería, al menos, tenerse en consideración para que no puedan acceder a ello (pensión)”, concluyó.

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