Los afiliados al Seguro Regular de EsSalud tienen la posibilidad de registrar a sus hijos mayores de edad como derechohabientes, siempre que cumplan con el requisito establecido. Revisa qué documentos se necesitan y cuál es el procedimiento para realizar este trámite.
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Para que un hijo mayor de 18 años sea registrado como derechohabiente, es necesario que se encuentre en situación de incapacidad total y permanente para realizar actividades laborales, condición que debe estar sustentada con un dictamen médico emitido por EsSalud.
Este criterio resulta fundamental para que el asegurado titular pueda gestionar la afiliación, ya sea de forma presencial en las dependencias correspondientes o mediante la plataforma virtual habilitada por la entidad.
Una vez aceptada la solicitud, el hijo mayor de edad obtiene acceso a las mismas prestaciones del Seguro Regular, entre ellas consultas médicas, hospitalización, cirugías y entrega de medicamentos, de acuerdo con la cobertura vigente del seguro social.
Los jóvenes que presenten una discapacidad debidamente certificada a través de un documento oficial emitido por la entidad competente pueden acceder a la cobertura integral del Seguro Regular. Tras la validación del diagnóstico, el beneficiario podrá recibir atención médica, tratamientos especializados, hospitalización y servicios de rehabilitación.
El trámite se inicia con la presentación de la documentación exigida al empleador del asegurado titular, quien se encarga de realizar el registro ante EsSalud. Luego de la remisión y verificación de los documentos, la afiliación se concreta según el régimen aplicable. Es importante considerar que el uso de las prestaciones del Seguro Regular se habilita tras cumplir un periodo mínimo de tres meses de aportes.
Para inscribir a un hijo mayor de edad con incapacidad total y permanente en el Seguro Regular de EsSalud, se debe presentar la siguiente documentación:
Por lo general, la afiliación queda habilitada dentro de las 24 horas posteriores a que el empleador complete el registro correspondiente. Sin embargo, para acceder plenamente a las prestaciones médicas se debe cumplir un periodo mínimo de tres meses de aportes. En casos de accidentes, la atención puede brindarse desde el primer mes de aseguramiento.