La ley peruana permite la revisión de la pensión de alimentos si hay cambios significativos en la situación económica del obligado, pero debe ser aprobada por un juez.
Únete al canal de Whatsapp de Wapa
La legislación peruana contempla mecanismos legales para revisar el monto de la pensión de alimentos cuando el padre o madre obligado atraviesa una variación significativa en su situación económica. No obstante, cabe precisar que cualquier modificación debe estar debidamente sustentada y evaluada por un juez.
De acuerdo con la abogada especialista en derecho de familia, Mayda Mendoza, en conversación con RPP, la pensión no es inamovible. Puede ser revisada si cambian las condiciones económicas bajo las cuales fue fijada, siempre respetando el principio de equilibrio entre la capacidad de pago del obligado y las necesidades del menor.
Mendoza enfatizó que este procedimiento no busca afectar los derechos del niño o adolescente, sino adecuar la pensión a una nueva realidad económica comprobable y validada por la autoridad judicial.
Entre las situaciones que pueden dar lugar a una solicitud de reducción figuran la pérdida del empleo, una disminución importante de los ingresos, enfermedades graves o condiciones físicas o psicológicas que limiten la capacidad laboral. También puede considerarse la existencia de una nueva carga familiar, siempre que esta impacte directamente en la economía del obligado.
La abogada aclaró que cada solicitud es evaluada de manera individual y que las causas alegadas deben ser actuales, reales y sustentadas con documentación. No se admiten afirmaciones genéricas ni argumentos sin pruebas.
Para solicitar la modificación del monto, se debe presentar una demanda de reducción de pensión de alimentos ante el Poder Judicial, acompañada de documentos que acrediten la situación económica alegada, como cartas de despido, certificados médicos o pruebas de menores ingresos.
En ese sentido, Mendoza recordó que “no basta con decir que no se tiene dinero”, ya que el juez solo podrá pronunciarse si existen elementos objetivos que respalden la solicitud. Asimismo, indicó que la conciliación es una alternativa previa que puede facilitar un acuerdo sin necesidad de un proceso judicial prolongado.
TE INTERESA: Revelan que peligroso fenómeno se está acercando al Perú y podría quedarse durante 10 meses
Al resolver este tipo de pedidos, el juez evalúa principalmente dos factores: las necesidades del menor y la capacidad económica real del padre o madre obligado. La ley prohíbe establecer pensiones que superen los ingresos comprobados del responsable.
Este análisis busca asegurar que el menor continúe recibiendo lo necesario para su desarrollo, sin imponer una obligación imposible de cumplir. Por ello, el monto puede ajustarse, pero no eliminarse de forma arbitraria.
Finalmente, la especialista precisó que solicitar una reducción en la pensión no afecta el régimen de visitas ni el vínculo entre padres e hijos. Ambos aspectos son independientes y deben manejarse siempre bajo el principio del interés superior del menor.