Eduardo Chávez, gerente legal de Apeseg, aclara qué sucede con los ahorros en el banco tras el fallecimiento del titular en Perú.
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Cuando un ser querido fallece, además del duelo emocional, surgen muchas preguntas legales. Una de las más comunes es: ¿Qué sucede con el dinero que dejó en el banco?
En una reciente entrevista con La República, Eduardo Chávez de Piérola, gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), aclaró este tema de forma contundente:
“Si eres un ahorrista del banco y lamentablemente falleces, ese dinero no se lo va a quedar el banco. Lo que tienen que hacer los familiares es presentar la sucesión intestada, o llamada también declaratoria de herederos, y una vez que se presente la declaratoria, los herederos legales del banco van a poder acceder al dinero de quien en vida mantuvo sus ahorros”.
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En otras palabras, el banco no se queda con el dinero, sino que los fondos pasan a los herederos legales, siempre que se cumplan con los procedimientos correspondientes.
Una vez que ocurre el fallecimiento de una persona que tenía ahorros en una entidad financiera, los familiares deben iniciar un trámite formal para acceder a ese dinero. El proceso incluye:
Estas acciones permiten que el dinero sea entregado a quienes legalmente corresponda.
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En el caso de que uno de los herederos sea un niño, niña o adolescente, el banco abrirá una cuenta de ahorros a nombre del menor, protegiendo así su patrimonio. Este dinero no podrá ser retirado hasta que el menor:
Esto garantiza que los derechos del menor se respeten y el dinero permanezca seguro.