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14 Abr 2020 | 9:45 h

¿A cuánto asciende la multa por incumplir la cuarentena?

Conozca las infracciones por las que el Gobierno multará a los ciudadanos que violen el aislamiento y distanciamiento.

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    A las personas que incumplan las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatorias dispuestas por el Gobierno para frenar el avance del coronavirus se les impondrán multas que oscilan entre los 86 y los 430 soles, dependiendo de la gravedad de la falta cometida, así lo señala el Decreto Legislativo 1458, publicado en el Diario El Peruano .

    ¿A quiénes y por qué se les sancionará?

    1.  Desarrollar actividades económicas no consideradas de prestación y acceso esencial.

    2.  Circular por la vía pública para la realización de actividades que no sean esenciales.

    3. Circular por la vía pública sin contar con el respectivo pase personal laboral.

    4. Circular con vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.

    5.  No respetar la inmovilización social obligatoria desde las 18:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente a nivel nacional, y desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto.

    6.  No respetar la inmovilización social obligatoria durante todo el domingo.

    7.  Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública.

    8.   Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio.

    9.   Salir más de una persona por familia para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos.

    10.  No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida.

    11.   No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas.

    ¿Qué pasa si no pago la multa?

    El infractor que incumpla el pago de la multa dentro del plazo establecido, no podrá efectuar trámites civiles, como suscripción de cualquier tipo de contrato civil, gestiones ante las entidades bancarias, actos notariales o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp); tampoco podrá realizar viajes al exterior.

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