Descubre cuáles son todos los posibles escenarios en caso fallezcas y tengas dinero ahorrado en el banco.
Únete al canal de Whatsapp de WapaMuchos se preguntan qué sucedería con el dinero que tienen ahorrado en el banco en caso fallezcan. A ello se suma las dudas sobre quiénes pueden reclamar el monto o si la entidad bancaria se queda con los fondos de la cuenta de ahorros. Al respecto, siempre es importante conocer todas las opciones que tenemos como titulares y cuáles son las disposiciones que se pueden dejar antes de fallecer.
En esta nota encontrarás todos los escenarios posibles al no dejar una herencia establecida para los familiares y cuáles son las recomendaciones que deben tener en cuenta los familiares en estos casos.
Es importante mencionar que, el dinero ahorrado en las cuentas de los titulares no pasa a ser propiedad del banco, sino que son puestos a disposición de los familiares o herederos directos. Así lo indicó el gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG), Eduardo Chávez, para La República.
“Si eres un ahorrista del banco y lamentablemente falleces, ese dinero no se lo va a quedar el banco. Lo que tienen que hacer los familiares es presentar la sucesión intestada, o llamada también declaratoria de herederos" explicó el especialista al medio citado.
Asimismo, mencionó que al presentar la declaratoria establecida para estos casos, los herederos legales del banco van a poder acceder al dinero de quien en vida mantuvo sus ahorros. En la misma línea, Chávez recomendó que los familiares averigüen si el fallecido tenía algún beneficio asociado a su cuenta de ahorros como lo es el seguro de vida.
“Cuando tú eres ahorrista de un banco muchas veces te premian con un seguro de vida. Entonces también los familiares, cuando esta persona fallece, van a poder cobrar ese seguro. Algunos bancos lo ofrecen como parte de su oferta comercial”, señaló para La República.
La declaratoria de herederos o sucesión intestada se realiza en caso el familiar fallecido no cuente con un testamento designado. Para poder realizar este documento es necesario estar ante un notario o el Poder Judicial. Luego se deberá inscribir en el registro público para poder presentarlo en la entidad financiera.
El gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) señaló que el banco liberará automáticamente los ahorros a favor de los herederos legales.
Por otro lado, si el fallecido dejó un testamento, los familiares tienen que protocolizarlo en una notaría e inscribirlo en registros públicos para poder acceder a los fondos que mantuvo en vida.
Las deudas o préstamos en grandes cantidades son la principal preocupación de los familiares cuando el titular fallece. Sin embargo, actualmente existe un seguro de desgravamen que está presente en las diferentes operaciones bancarias como los préstamos hipotecarios, préstamos de consumo, garantía hipotecaria, entre otros.
“Si el titular de la tarjeta o del préstamo por alguna circunstancia fallece —ya sea de muerte natural o muerte accidental— o queda en un estado de invalidez permanente total y no puede generar ingreso, la compañía de seguros se va a hacer cargo de la deuda que mantenía esta persona", señaló Chávez para el medio citado.
Esto quiere decir que los familiares no van a tener que pagar la deuda o prestamos pendientes del fallecido. Es importante mencionar que, este mecanismo es una exigencia de los bancos al interior de las operaciones. Por ende, el seguro de desgravamen siempre va a estar respaldado por la compañía de seguros con la que trabaja la entidad bancaria.