Como parte de la fase cuatro de la reactivación económica el Gobierno aprobó los vuelos internacionales, los cuales se reanudarán desde la próxima semana.En ese sentido, el presidente Martín Vizcarra señaló que serían 11 los destinos en los países de Colombia, Ecuador, Bolivia, Chile, Panamá, Paraguay y Uruguay.
“Se permitirá el traslado, ida o vuelta, de pasajeros en un rango de hasta cuatro horas de vuelo. Es lo estimado en primera lista de países y destinos”, indicó el presidente Vizcarra.
Por su parte, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) oficializó los lineamientos del sector para evitar los contagios del nuevo coronavirus en el transporte aéreo internacional.
En el oficio se encuentra el reglamento e instrucciones que deberán seguir quienes deseen viajar al exterior, para las aerolíneas y operadores.
Se señala el uso permanente de la mascarilla como la indicación más importante en cuanto a los pasajeros.
Una vez dentro del avión será obligatorio el uso del protector facial. El cambio significativo en la nueva modalidad de viajes es que no será necesario la cuarentena siempre y cuando el pasajero no presente síntomas de coronavirus.
- Protector facial dentro de la cabina y uso obligatorio de mascarilla.
- Al momento de requerirse comparar su rostro con el documento que viaja los pasajeros podrán retirarse la mascarilla por un breve tiempo. Como también en el caso de ingerir alimentos o bebidas.
- Es necesario que el pasajero muestre el resultado negativo de una prueba molecular realizada dentro de las 72 horas antes de la partida. De igual manera para los pasajeros que arriben al Perú.
- Se deberá instar a los viajeros, tripulantes y personal del aeropuerto en general, que de detectar alguna persona que presente sintomalogía compatible a COVID-19, no podrán realizar el viaje. Esta exigencia es indistinta para todos los pasajeros.
- Los pasajeros deberán llenar la “Declaración Jurada Electrónica de salud, y compromiso para realizar el aislamiento o cuarentena del viajero” 72 horas previas al vuelo.
- De incumplir con el uso de mascarilla o las instrucciones otorgadas por las aerolíneas, el aeropuerto u otros, puede derivarse en la cancelación de abordaje o en causal para rechazar el embarque del pasajero hacia el estado peruano.
- Los tripulantes que no presenten síntomas al arribo en Perú no cumplirán con la cuarentena. Sin embargo, mantienen el compromiso de comunicar a autoridad de salud de su jurisdicción si presentan sintomatología, dentro de los 14 días de su llegada al país.
- En el caso que se presente síntomas, deberá cumplir 14 días de aislamiento obligatorio en el domicilio u hospedaje de elección.
- El ciudadano que proporcionara información falsa en su declaración jurada será sometido a sanciones administrativas, civiles y penales que correspondan.
- Para quienes realicen vuelos de conexión que pasen por el Perú deberán presentar prueba molecular negativa solo si el país destino lo exige. No se requiere llenen declaración jurada.
Los destinos tienen vuelos de un máximo 4 horas de duración y son: Guayaquil (01:45 horas), La Paz (01:45 horas), Quito (02:10 horas), Bogotá (02:20 horas), Santa Cruz (02:30 horas).
También Cali (02:30 horas), Medellín (02:30 horas), Panamá (03:00 horas), Asunción (03:30 horas), Montevideo (03:45 horas) y Santiago (04:00 horas)
La norma lleva la rúbrica del ministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Estremadoyro Mory.