El último sábado, el Pleno del Congreso aprobó la modificación de la Ley 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)-, a fin de ampliar la información personal que debe contener el Documento Nacional de Identidad (DNI).
La votación se dio de forma unánime con 109 votos a favor. Esta propuesta señala que en el Documento Nacional de Identidad (DNI) deberá incorporarse información sobre el grupo y factor sanguíneo.
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La aplicación de la norma empezará por los recién nacidos, cuyos datos sanguíneos serán consignados obligatoriamente en el certificado de nacido vivo. Posteriormente, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil deberá incluir esta información en el acta de nacimiento para luego figurar en el documento de identidad del menor.
En el caso de los mayores de edad y de sus hijos menores de 18 años, la incorporación de este dato será voluntaria.
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La propuesta fue sustentada por la presidenta de la Comisión de Justicia, Gladys Echaíz (APP), quien dijo que se trata de una futura ley «salvavidas», porque se conocen de casos reales de personas que han perdido la vida -en una posta o centro de salud- porque no se conocía a qué grupo sanguíneo pertenecían.
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El autor de la iniciativa legislativa, congresista Héctor Acuña Peralta (APP), intervino para reforzar lo expresado por su colega Echaíz afirmando que con esta modificación se acelerará la atención en los centros de salud ante cualquier emergencia o urgencia médica. «Ahora para atender a un paciente no será necesario que se invierta en exámenes para conocer su tipo de sangre, porque dicha información estará en el DNI», dijo.