Conoce cómo emprender un negocio PASO a PASO en medio de la pandemia

Una valiosa guía de emprendimientopara quienes desean iniciar su negocio propio.

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    Una valiosa guía de emprendimientopara quienes desean iniciar su negocio propio.

    Para muchos, la pandemia ha significado nuevas oportunidades de salir adelante, ya que han decidido formar su propio negocio con el propósito de aprovechar el confinamiento y así reducir las consecuencias de la crisis económica. Sin embargo, aún hay mucha gente que, a pesar de tener este espíritu emprendedor, no inicia ningún proyecto por no conocer cuáles son los pasos necesarios para constituir una empresa o por tener dudas ante el pago de impuestos.

    A continuación, Andrés Uribe, Director de Finanzas e inversiones de MAPFRE, indica cuáles son los pasos para constituir una empresa y nos informa sobre el Nuevo Régimen Único Simplificado, sistema que podría tranquilizar a muchos emprendedores en aras de la formalización de su negocio.

    Paso 0: Desarrolla un Plan de Negocio

    Para hacer realidad el sueño del negocio propio se necesita un plan. Este debe tener bien planteadas cuatro bases. En primer lugar, definir si es un producto o servicio, quién será mi cliente y cuál es mi objetivo respondiendo a la pregunta: ¿Qué vamos a resolver o mejorar? En segundo lugar, se debe investigar el mercado, luego armar un plan de ventas y por último el plan financiero. 

    Paso 1: Búsqueda y reserva de nombre

    Se debe hacer la reserva del nombre. No es un trámite obligatorio, pero sí recomendable para facilitar la inscripción de la empresa o sociedad en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Durante este proceso, el registrador público verificará si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre o razón social de otra empresa que tenga la preferencia registral.

    Paso 2: Elaboración de la Minuta de Constitución de la Empresa

    En este paso, el titular de la empresa manifiesta a través de este documento su voluntad de constituir la persona jurídica mediante un pacto social y estatutos. Asimismo, se nombra a los primeros administradores, de acuerdo con las características de la persona jurídica.

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    (Foto/iStock)

    Paso 3: Aporte de capital

    En esta parte se podrá aportar dinero, el cual se acreditará con el documento expedido por una entidad del sistema financiero nacional; o bienes (inmuebles o muebles) los que se acreditarán con la inscripción de la transferencia a favor de la empresa o sociedad.

    Paso 4: Elaboración de Escritura Pública ante el notario

    Una vez redactado el acto constitutivo, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y lo eleve a Escritura Pública. De esta manera se generará la Escritura Pública de constitución, documento que debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma del titular o los socios, incluidos los cónyuges de ser el caso.

    Paso 5: Inscripción de la empresa en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP

    En la SUNARP obtendrá un asiento registral de inscripción de la empresa o sociedad como persona jurídica. Este procedimiento normalmente es realizado por el notario y el plazo de calificación es de 24 horas desde la presentación del título. Recuerda que la Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos.

    Paso 6: Inscripción al RUC para Persona Jurídica

    Por último, deberá acercarse a la SUNAT para gestionar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) que es el número que identifica como contribuyente a una Persona Jurídica o Persona Natural, y que contiene los datos de identificación de las actividades económicas.

    Sobre el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), que fue actualizado en el año 2016 y está vigente desde el 2004, ha sido creado para los pequeños empresarios, comerciantes y/o productores y consiste en el pago de una cuota mensual cuyo monto depende de los ingresos totales de la empresa. Es así, que si tus ingresos son de hasta S/5,000.00, deberás pagar un monto de S/20.00 mensuales a la SUNAT, y si superan los 5,000.00 y no exceden de los 8,000.00, la cantidad a abonar será de S/50.00.

    El especialista menciona quienes podrían acogerse a este régimen tributario:

    Emprendedores que tengan un negocio en el que los clientes sean consumidores finales como, por ejemplo: venta de accesorios para el hogar, prendas de vestir, alimentos preparados como pasteles, entre otros.

    Personas naturales que brinden servicios a nombre propio y que reciban rentas de cuarta categoría solo por el desarrollo de sus actividades, como servicios de reparación de artefactos eléctricos, limpieza, carpintería, entre otros.

    Además, menciona que los emprendimientos que se rigen bajo este sistema no están en la obligación de presentar una declaración mensual del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto a la Renta ni tampoco de llevar registros contables.

    Es importante estar informado para que su nuevo negocio cumpla con todo lo indicado por las leyes y requerimientos necesarios para considerarse formal.

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