La Resolución Ministerial N.° 252-2026-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano, autoriza la entrega de decenas de Bonos Familiares Habitacionales para la construcción de viviendas en terreno propio, financiados con recursos del canon regional.
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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó una nueva convocatoria del programa Techo Propio para beneficiar a familias de Arequipa con el Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de Construcción de Vivienda en Sitio Propio.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 252-2026-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano, que autoriza la entrega de hasta 119 bonos financiados con recursos del canon transferidos por el Gobierno Regional de Arequipa.
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La convocatoria permitirá que familias de la región accedan a un subsidio destinado a construir una vivienda de interés social, conforme a lo establecido en el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional.
Esta tercera etapa se financia con un saldo de S/ 3.919.059, remanente de dos convocatorias anteriores realizadas en el marco del Convenio N.° 104-2023-VIVIENDA y su adenda, mediante los cuales el Gobierno Regional transfirió recursos al Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV).
Según la resolución, ese monto incluye el saldo registrado al 12 de mayo de 2026, además de los recursos que puedan incorporarse posteriormente por devoluciones o casos no ejecutados, de acuerdo con la información de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU).
El valor del subsidio varía según la provincia donde se ubique el terreno:
La cantidad final de bonos dependerá del monto asignado en cada provincia y de la disponibilidad de recursos, aunque el límite máximo fijado por la convocatoria es de 119 BFH.
La convocatoria está dirigida a los grupos familiares que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 071-2024-VIVIENDA, así como a las Entidades Técnicas que cuenten con registro vigente.
Estas entidades podrán solicitar al Fondo MIVIVIENDA el código de convocatoria y la autorización para participar hasta dos días hábiles después del segundo día hábil siguiente a la publicación de la resolución.
Una vez autorizadas, recibirán las credenciales para acceder a la plataforma de inscripción de grupos familiares. El registro podrá realizarse durante un plazo máximo de cinco días hábiles, contado desde el séptimo día hábil posterior a la publicación de la norma, o hasta alcanzar un número de solicitudes equivalente al 130% de los bonos convocados, lo que ocurra primero.