El reglamento difundido por la SBS autoriza a las AFP a retener cerca de un tercio de los retiros solicitados por afiliados que mantienen deudas.
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El reglamento que autoriza el retiro de hasta 4 UIT de los fondos en las AFP estableció las pautas generales que regirán el procedimiento. Entre sus disposiciones figura una que afecta directamente el monto a recibir: la reducción de más de S/ 6 mil soles en algunos casos.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial El Peruano, la única condición para que se aplique esta disminución es tener deudas alimentarias. En tal situación, los aportantes deberán aceptar una retención de hasta el 30 % de cada desembolso.
Esto significa que, si alguien solicita el monto máximo de S/ 21.400 (equivalente a 4 UIT), podría ver retenidos S/ 6.420. Para garantizar la aplicación de la medida, la norma señala que “la AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias”.
Según el Poder Judicial, ingresan al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) quienes incumplen el pago de pensiones alimenticias, ya sea establecidas en un juicio o mediante un acuerdo legal.
También forman parte del registro quienes, estando en proceso judicial, dejan de pagar por tres meses desde que la pensión fue fijada.
Para confirmar si una persona figura en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), se debe ingresar a la plataforma oficial habilitada por la autoridad competente. Normalmente, estos registros se encuentran en los portales digitales de los poderes judiciales, según el lugar donde se inició el proceso de alimentos.
La consulta es gratuita y puede hacerse en línea. Solo se requieren los datos completos de la persona, como su nombre y número de documento.