Este bono de julio será otorgado a funcionarios y empleados públicos regidos por distintas normativas, entre ellos docentes y personal del sector salud.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el Decreto Supremo N.º 139-2025-EF, mediante el cual se autoriza el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias a los trabajadores del sector público. De acuerdo con la normativa, el monto establecido asciende a S/300 y será abonado por única vez en la planilla del mes de julio.
Asimismo, se detalla que este aguinaldo está exento de aportes, contribuciones o cualquier tipo de descuento, salvo aquellos previstos por ley o autorizados por el propio trabajador. Cabe señalar que este beneficio económico está previsto en la Ley del Presupuesto Público 2025, y que las fechas de pago están disponibles en el cronograma publicado por el Banco de la Nación.
Este aguinaldo constituye un beneficio económico dirigido a funcionarios, servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 2944 y la Ley N° 30512. Además, se otorgará a:
Según lo establece el Decreto Supremo, el aguinaldo de S/300 se determina conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y se financia con los créditos presupuestarios asignados en la partida institucional de cada entidad pública.
Según lo indicado en el Decreto Supremo N° 139-2025-EF, los empleados del Estado deberán cumplir con los siguientes requisitos para acceder al aguinaldo por Fiestas Patrias:
Haber prestado servicios hasta el 30 de junio de este año o encontrarse haciendo uso de descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios previstos en la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Contar con una antigüedad mínima de tres meses en el servicio al 30 de junio del presente año. En caso de no cumplir con este tiempo, el pago se realizará de forma proporcional a los meses y días efectivamente laborados.