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08 Jun 2021 | 10:29 h

JEE de Huancayo podría sancionar a Vladimir Cerrón por usar polo de su partido durante votación

Vladimir Cerrón habría incurrido en el presunto delito de Perturbación del Proceso Electoral, previsto en el artículo 354 del Código Penal y 384 de la Ley Orgánica de Elecciones. Son reprimidos con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de tres años.

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    Jurado Electoral Especial de Huancayo podría sancionar a Vladimir Cerrón por usar polo de su partido en local de votación | Captura TV

    El fundador de Perú Libre y condenado por corrupción, Vladimir Cerrón, creyó que las autoridades pasarían por alto el que vaya a votar vistiendo un polo con el logo de su partido. A pesar de saber que ese tipo de publicidad está prohibido de acuerdo a la ley electoral, Cerrón hizo caso omiso.

    Sin embargo, al Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancayo no se le escapa una, y ahora evalúa sancionarlo. El exgobernador de Junín podría recibir una multa de hasta 1 UIT y ser prohibido de su libertad hasta por tres años si se le haya culpable.

    Vladimir Cerrón se defiende

    En las imágenes se puede ver a Cerrón caminar hacia su local de votación usando un polo blanco con cuello rojo y una casaca negra que, por momentos, cubría el logo que tenía en el lado izquierdo del pecho, el símbolo que caracteriza a su agrupación política: el lápiz.

    Al ser cuestionado sobre esto, el exgobernador y fundador del partido Perú Libre se defendió: “No tiene ningún símbolo y, además, no hacemos ningún exhibicionismo de eso”.

    ¿Qué dice la Ley Orgánica de Elecciones?

    El artículo 190 de la Ley Orgánica de Elecciones establece como prohibición que “desde veinticuatro horas antes se suspende toda clase de propaganda política”.

    Al respecto, José Manuel Villalobos, especialista en temas electorales, en diálogo con El Comercio, indicó que “un polo con el símbolo del partido está prohibido, y es delito electoral. Como es un delito, en el acto la fiscalía debe intervenirlo y abrirle el proceso de investigación penal por eso. Es una sanción a la persona que infringe la norma”.

    En estos casos, las autoridades de los locales de votación tienen la potestad de evitar el ingreso de quien viole esta norma. Así lo explica, por su parte, el especialista en temas electorales José Tello.

    "Este señor ha debido mantenerse fuera de el local de votación. Los miembros de mesa, con el apoyo de la ONPE y del Jurado Nacional de Elecciones han debido tomar cartas en el asunto, y pidiendo asistencia del orden público, en este caso de la policía o las fuerzas armadas, han debido intervenir", precisó.

    Tello precisó que se trata del presunto de delito de Perturbación del Proceso Electoral, previsto en el artículo 354 del Código Penal y 384 de la Ley Orgánica de Elecciones. La pena privativa de su libertad puede llegar hasta los 3 años si se le halla culpable.

    “En el caso de Vladimir Cerrón, eso sí es algo que está prohibido y este señor lo sabe. Lo peor de todo es que lo está haciendo adrede. Una persona que es líder de un partido político, que sabe de los procesos electorales y que incluso ha sido autoridad en su región que es Junín, tiene clarísimo que estas cosas no se pueden hacer. No puede alegar que no conocía”, argumentó Tello.

    En tanto, el penalista Andy Carrión explica que este tipo de faltas menores no han sido sancionadas en otros procesos electorales. Esto ocurre porque para sancionar el delito debe comprobarse el dolo del investigado.

    Los fiscales mismos no suelen denunciar este tipo de conductas, porque entienden que se trata de un delito menor y luego investigar sería más tedioso que sancionar. El investigado podría argüir algún tipo de ignorancia deliberada incluso. Si lleva una casaca encima podría argüir que no quería mostrarlo, y que simplemente se mostró inconscientemente”, aclara Carrión.

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