Si actualmente te encuentras laborando para una empresa y eres despedido sin causa alguna, es importante que sepas cómo actuar frente a esta situación.
En ese sentido, la Corporación Peruana de abogados del portal abogadosempresariales.pe, compartió una guía que todo trabajador debe conocer.
Un trabajador solamente puede ser despedido por alguna de las razones expresamente señaladas por la ley. Como lo hemos mencionado en artículos precedentes, la ley laboral nos ofrece una lista cerrada de razones por las cuales es “licito” despedir a un trabajador.
Ahora, no solo basta con que se “alegue” la existencia de una causa “licita” de, sino que, además, es indispensable que la causa aducida sea probada. Como es natural, la carga de la prueba la tiene el empleador que es quién toma la decisión de despedir al trabajador.
Ahora bien, el despido además de estar fundado en la ley y debidamente probado debe realizarse cumpliendo con cierto procedimiento de carácter formal, el cual condiciona, también su validez del despido.
Entonces, si lo anteriormente descrito, se constituyen como las razones válidas para el despido legal, podemos concluir que cualquier despido que se realice al margen de estas condiciones podrá considerarse como ilícito o ARBITRARIO.
Siendo así, podemos decir que el despido arbitrario es aquel tipo de despido que se produce cuando concurre cualquiera de las siguientes circunstancias:
Cuando se despida a un trabajador por alguna causa distinta a las señaladas por la ley o cuando no se exprese causa alguna.
Cuando se despida aun trabajador alegando una causa que no puede ser probada.
Cuando se despida a un trabajador sin respetar el procedimiento señalado por la ley.
La ley regula muy exiguamente el despido arbitrario en el Perú; señala que cuando el trabajador sea despedido arbitrariamente tendrá derecho al PAGO DE UNA INDEMNIZACION COMO ÚNICA REPARACIÓN POR EL DAÑO SUFRIDO.
Asimismo, la ley señala más adelante que, además, de la indemnización correspondiente, el trabajador despido arbitrariamente tendrá derecho al pago de cualquier otro derecho o beneficio social correspondiente.
Con esto se quiere decir que la indemnización por despido se realiza de manera totalmente independiente a los derechos adquiridos por los trabajadores ya sea por el contrato de trabajo, por convenio colectivo o por otras leyes.
Si usted ha sido despedido arbitrariamente, es decir, sin que le hayan expresado la causa del despido, por motivo distinto a ley o sin que se haya respetado el procedimiento legal del despido, deberá proceder de la siguiente manera:
Deberá acudir a la comisaría más cercana y dejar constancia de lo ocurrido. Un policía tendrá la obligación de acercarse al centro de trabajo a efectos de constatar el hecho.
Deberá acudir a un abogado especialista en derecho laboral a efectos de que redacte e interponga una demanda laboral por despido arbitrario. Así, también para que le ayude a conocer los derechos que le corresponden de acuerdo a su situación particular.
Debido a que es el empleador el obligado a probar la causa del despido, el trabajador deberá dedicarse ,fundamentalmente, a recabar documentos que acrediten que labora en la empresa de la que ha sido despedido.
La ley señala con claridad los límites que puede tener la pretensión de un trabajador que ha sido despedido arbitrariamente cuando menciona que el trabajador despedido tiene derecho a una indemnización COMO ÚNICA REPARACIÓN POR EL DAÑO SUFRIDO.
Siendo así, si nos ciñéramos exclusivamente a lo mencionado por la ley, podríamos decir que a lo único que puede pretender un trabajador que ha sido despedido arbitrariamente es a una indemnización. Sin embargo esto no es tan exacto.
Desde hace unos años el Tribunal constitucional pronunciándose sobre el particular ha señalado que la indemnización por despido arbitrario prevista en la ley no se corresponde con la naturaleza especial del derecho de trabajo. Siendo así, ha señalado que el trabajador despedido bajo una de las “modalidades” del despido arbitrario podrá optar alternativamente por la reposición.
A esa “modalidad” del despido arbitrario se le denomina “Despido incausado” y se produce cuando el trabajador ha sido despedido sin que se le exprese causa o cuando no se haya respetado el procedimiento establecido por la ley. En estos casos, como se dijo, el trabajador podrá demandar o indemnización o la reposición.
Efectivamente, como se podrá deducir de todo lo mencionado en las líneas precedentes, el derecho peruano protege al trabajador ante el despido arbitrario.
Dicha protección se expresa en la facultad que tiene el trabajador despedido arbitrariamente de demandar a la empresa exigiendo una indemnización o la reposición en el centro de trabajo, según sea el caso.
Redondeando la idea y a modo de resumen podemos decir un trabajador despido arbitrariamente puede demandar lo siguiente:
Si el despido se ha producido sin expresarse el motivo, el trabajador podrá exigir la indemnización o la reposición en el centro de trabajo.
Si el despido se ha producido sin respetar los procedimientos establecidos por la ley para el despido, el trabajador podrá exigir la indemnización o la reposición.
Si el despido se ha producido imputando una causa que no se puede probar, pero se ha respetado el procedimiento del despido; en ese caso el trabajador solo podrá exigir una indemnización.
En las líneas precedentes hemos hecho referencia a la indemnización como el mecanismo mediante el cual las normas peruanas protegen al trabajador ante el despido arbitrario.
Siendo así, en esta parte del artículo abordaremos de manera especifica cómo se calcula dicha indemnización de acuerdo a los criterios establecidos por la ley peruana.
El portal señaló que, el cálculo de la indemnización por despido arbitrario dependerá del tipo de contrato de trabajo que se haya celebrado. Es decir, dependerá de si el trabajador cuenta con un contrato a plazo dijo o con una a plazo indeterminado.
Si el trabajador cuenta con un contrato a plazo indeterminado, la indemnización se calcula multiplicando el número de años trabajados en la empresa por el valor de una remuneración y media mensual.
Por ejemplo, a un trabajador que percibe un sueldo mensual de 1000 y que ha trabajado 5 años en una empresa le correspondería una indemnización de 7,500 nuevos soles.
Indemnización = 5 x 1500 (un sueldo y medio) = 7 500 nuevos soles.
Por otro lado, si el trabajador cuenta con un contrato a plazo fijo, la indemnización se calcula multiplicando el valor de una remuneración y media por el número de meses restantes para el vencimiento del plazo del contrato de trabajo.
Por ejemplo, si el trabajador que percibe 1000 soles mensuales, contratado por 2 años, fue despedido luego de un año de culminadas sus labores (es decir, faltando 1 año para que culmine su contrato de trabajo) tendrá derecho a una indemnización equivalente a 18 000 nuevos soles:
El cálculo se realizaría de la siguiente manera:
Indemnización = 12(numero de mese restantes) x 1500 (remuneración y media) = 18 000 nuevos soles.
Fuente: Corporación Peruana de abogados del portal abogadosempresariales.pe