Para todo aquel que esté en proceso de elaboración de tesis para la obtención de licenciatura, maestría o doctorado, y sea descubierto plagiando el trabajo de otros autores, podrá ser castigado hasta con 8 años de cárcel.
A través de su cuenta de Twitter, el Poder Judicial compartió la nueva disposición.
“Quien difunda como propia una obra, o parte de ella, copiándola o tratando de disimular la copia mediante alteraciones, atribuyéndose o atribuyendo a otro la autoría, será reprimido hasta con 8 años de cárcel”, se puede leer en la publicación del Poder Judicial.
En la misma también se acompaña que la disposición forma parte del Artículo 219 Código Penal.
Artículo 219°. - Plagio será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y noventa a ciento ochenta días multa, el que con respecto a una obra, difunda como propia, en todo o en parte, copiándola o reproduciéndola textualmente, o tratando de disimular la copia mediante ciertas alteraciones, atribuyéndose o atribuyendo a otro, la autoría o titularidad ajena.
Formas agravadas
Artículo 220°. - Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años y noventa a trescientos sesenta y cinco días-multa: