Esta mañana, la Municipalidad de Lima emitió la ordenanza 2154, la cual previene, prohíbe y sanciona a quienes realicen y/o toleren el acoso sexual en espacios públicos.
"La presente Ordenanza tiene por objeto prevenir, prohibir y establecer responsabilidades y sanciones administrativas a las personas naturales y jurídicas que toleren el acoso sexual respecto a sus dependientes y a quienes lo realicen en espacios públicos, establecimientos, obras en proceso de edificación y vehículos de transporte público, en contra de una u otras personas, en la circunscripción territorial de la Municipalidad Metropolitana de Lima", se puede leer en el diario El Peruano.
La ordenanza 2154, la cual es la primera norma que emite la nueva gestión del alcalde Jorge Muñoz, considera como acoso callejero a los silbidos, los sonidos de besos, comentarios e insinuaciones, los tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos, seguimiento (ya sean a pie o en auto, gestos obscenos, masturbación pública, mostrar los genitales y otros comportamientos de índole sexual.
"La presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio para el personal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, organismos descentralizados y las empresas municipales sin excepción en lo que corresponda, para lo cual se deberá adecuar la normativa interna a fin de proceder a su cumplimiento".
Esta medida fue implementada por la Gerencia de la Mujer, la cual es el órgano de línea competente de establecer las medidas de prevención y protección frente al acoso sexual en espacios públicos.
Y la Gerencia de Fiscalización y Control será la encargada de realizar inspeccionar e imponer sanciones administrativas frente al incumplimiento de las obligaciones contenidas.