¿El padre de tu hijo no te paga la pensión? La abogada especialista en derecho de familia, Lucerito Luján, explicó en el programa Plataforma Judicial qué pueden hacer las madres de familia en dicha situación. Asimismo, explicó cómo deberán proceder en caso el demandado no avise el aumento del sueldo, si hubo un cambio de trabajo o el centro de labores oculta la información.
A través de la transmisión del Poder Judicial, la especialista señaló que existen dos formas de entregar el dinero correspondiente para el menor. Para proceder en este tipo de caso, es importante conocer qué tipo de sentencia dispuso el juez o jueza en torno a la pensión de alimentos.
Actualmente existen dos formas de realizar el pago correspondiente al menor, ello de acuerdo a la responsabilidad del demandado. El primero se realiza a través de un depósito del porcentaje del sueldo, ello con muestra de las boletas de pago que remite la empresa donde labora. El segundo corresponde a la retención directa del sueldo, previa notificación del centro de labores.
“Puede pasar que solamente lo obligaron el señor a depositar un monto de alimentos. (Pero) si se ordena una retención judicial directamente, habría que ver la manera de buscarlo, por ejemplo, a través de la Sunat, Essalud, etc.”, señaló Luján en el programa del Poder Judicial.
Si el padre del menor cambia de trabajo y deja de depositar la pensión de alimentos, la madre deberá presentar un escrito ante el juzgado comunicando dicho incumplimiento. A ello se suma el supuesto donde el demandado cuenta con una sentencia con retención mensual de su sueldo.
Lucerito Luján señaló que se deberá comunicar que el demandado a la fecha no está cumpliendo con los depósitos y que tiene conocimiento que ya dejó de laborar en la empresa.
"Poner ‘señor juez, le solicito que por favor exhorte al señor para que comunique cuál es su centro de labores’.", agregó la especialista en Plataforma Judicial.
La abogada explica que, en caso el demandado sea promovido, ascendido o le aumenten el sueldo, el pago de la pensión de alimentos se reajusta con respecto al nuevo sueldo. En este caso, no es necesario realizar un trámite adicional.
En caso la madre del menor tenga conocimiento de que el centro de labores no cumpla con la retención del sueldo indicada por el juez, podrá notificar la situación mediante un escrito. Esto se debe al oficio enviado al centro de labores al momento de solicitar la pensión de alimentos, donde se solicita que la orden se haga efectiva.
"El juzgado puede exhortar a que el centro de labores no oculte ningún tipo de información, bajo sanción. Uno puede acudir directamente al Poder Judicial, comunicar y solicitar que esto se esclarezca”, comenta Lucerito Luján.
En la misma línea, la especialista señaló que está penado encontrarse en centros de labores que pertenezcan o tengan vínculos con amigos o familiares del demandado. Al respecto, la madre del menor puede acudir al juzgado e informarlo.