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13 Mar 2021 | 9:29 h

Coronavirus en Perú: ¿Reanudarán vuelos internacionales de más de 8 horas de duración?

Conoce las nuevas disposiciones para los vuelos internacionales que estableció el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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    Coronavirus: vuelos internacionales de más de 8 horas quedan habilitados

    Tras evaluar los cambios de la pandemia originada por la COVID-19, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha establecido nuevas disposiciones relacionadas al transporte aéreo internacional y nacional.

    Se reanudarán los vuelos procedentes de países cuyo tiempo de viaje sea mayor a las ocho horas, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 923-2020-MTC/01 y suspendida mediante Resolución Ministerial Nº 968-2020-MTC/01 y sus prórrogas. 
    No obstante, continuarán suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil. Esta restricción regirá del 15 al 31 de marzo.
    De esta manera, se reanudarán los vuelos que partan de Madrid, Barcelona, Ámsterdam y París; no obstante, no podrán ingresar al país los extranjeros no residentes procedentes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil o aquellos que hayan hecho escala en dichos países en los últimos 14 días.

    Los pasajeros que lleguen al Perú aún deben presentar una prueba molecular negativa de COVID-19, cuyo resultado se haya emitido hasta 72 horas antes del vuelo, debiendo cumplir una cuarentena obligatoria de 14 días, que podrá ser levantada si se cuenta con un resultado negativo de una prueba antígena para el descarte del COVID-19, la cual se podrán realizar a su arribo al país.
    Además, deben completar por Internet la Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización. El documento consigna los datos del viajero, lo cual permitirá que las autoridades de salud lo ubiquen en caso se detecte que viajó cerca a una persona con COVID-19.

    Vuelos nacionales

    Como parte de las nuevas disposiciones, se eliminó la obligación de presentar la prueba molecular o antígeno de COVID-19 para los viajes aéreos al interior del país. Ya no será necesario mostrar ese análisis médico antes de abordar un vuelo nacional.
    Esta acción también rige a partir del 15 de marzo según la Resolución Ministerial Nº 217-2021-MTC/01. 
    El sector recuerda a todos los pasajeros que el uso de mascarilla y protector facial es obligatorio durante su permanencia en el terminal de los aeropuertos y mientras están en el avión.

    La adopción de estas nuevas acciones responden a los cambios en la actual emergencia sanitaria, la cual es evaluada de forma permanente con el objetivo de resguardar la salud de los ciudadanos.

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